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Documento BORME-C-2002-139033

EXPLOTACIONES INDUSTRIALES DE TEROR, SOCIEDAD ANÓNIMA (EIDETESA) (Sociedad absorbente) DERIVADOS INDUSTRIALES CANARIOS DE HARINA, SOCIEDAD ANÓNIMA (DICHA) (Sociedad unipersonal) (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 139, páginas 19419 a 19419 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-139033

TEXTO

Anuncio de fusión De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del Texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales ordinarias de las sociedades "Derivados Industriales Canarios de Harina, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal (DICHA), y "Explotaciones Industriales de Teror, Sociedad Anónima", (EIDETESA), celebradas el día 20 de junio de 2002, han adoptado los siguientes acuerdos: a) Aprobar la fusión de la entidad "Explotaciones Industriales de Teror, Sociedad Anónima", y de "Derivados industriales Canarios de Harina, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, mediante absorción de "Derivados Industriales Canarios de Harina, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, por "Explotaciones Industriales de Teror, Sociedad Anónima", con entera transmisión del patrimonio de la sociedad absorbida a la absorbente, incorporando en bloque, a título de sucesión universal, todos los elementos integrantes del activo y del pasivo, subrogándose "Explotaciones Industriales de Teror, Sociedad Anónima", en todos los derechos y obligaciones correspondientes a la entidad absorbida, que se disuelve sin liquidación.

La fusión se acordó con la aprobación íntegra del proyecto de fusión de fecha 20 de marzo de 2002, firmados por el órgano de administración de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de las Palmas, el día 30 de abril de 2002.

b) Aprobar los balances de fusión de las sociedades, que son los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2001.

c) La fecha de la retroacción contable de la operación será a 1 de enero de 2002.

d) La fusión no supondrá modificación de los Estatutos sociales de la sociedad absorbente.

Los accionistas y acreedores tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, y de los Balances de fusión, de acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas. Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 243 de dicho texto legal, se informa del derecho que asiste a los acreedores y obligacionistas de oponerse a la fusión acordada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de los presentes acuerdos.

Villa de Teror, 21 de junio de 2002.-Presidente del Consejo de Administración, Carmelo J. Aguiar Acosta.-34.594. 2.a 24-7-2002.

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