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Anuncio de reducción de capital social y modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general de accionistas celebrada el día 25 de julio de 2002, adoptó, por unanimidad del capital social suscrito y desembolsado de la sociedad, los acuerdos que seguidamente se señalan: Reducir el capital social de "Agropem de Inversiones SIMCAV, Sociedad Anónima", con la única finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio de la sociedad, disminuido como consecuencia de pérdidas, siendo el importe de dicha reducción de 3.496.796,16 euros, por lo que el capital social disminuirá desde la cifra de 6.622.720 euros a la de 3.125.923,84 euros, mediante la reducción del valor nominal de las acciones, a razón de 5,28 euros por cada una de las 662.272 acciones emitidas (suma de las acciones en circulación y acciones en cartera), que pasará de ser de 10 euros al de 4,72 euros de valor nominal por cada acción.
De la cantidad de 3.496.796,16 euros, 3.493.036,68 euros se destinarán a la compensación de perdidas de la sociedad (correspondientes a los ejercicios 2001 y anteriores y al periodo comprendido entre el 1 de enero y 31 de mayo de 2002) y el excedente, en la cuantía de 3.759,48 euros, a constituir una reserva legal indisponible.
Modificar el artículo 5.o de los Estatutos Sociales, de manera que el capital social inicial queda fijado en 2.404.051,76 euros representado por 509.333 acciones nominativas de 4,72 euros nominales cada una, y está íntegramente suscrito y desembolsado y el capital estatutario máximo se establece en 11.347.116 euros, representado por 2.404.050 acciones nominativas de 4,72 euros nominales cada una.
Los acuerdos de reducción y la modificación de las cifras de capital social y correlativa modificación estatutaria que se propone quedará sujeta a la condición suspensiva consistente en la obtención de la correspondiente autorización administrativa que, previo informe favorable de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, debe otorgar la Dirección General del Tesoro y Política Financiera (Ministerio de Economía y Hacienda).
En Madrid a 25 de julio de 2002.-El Secretario del Consejo de Administración.-36.456.
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