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Documento BORME-C-2002-149062

FUNDOSA SPORT Y OCIO, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO FUNDOSA SPORT Y OCIO, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 149, páginas 20634 a 20634 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-149062

TEXTO

Anuncio de fusión A los efectos de lo dispuesto en la Legislación vigente, se hace público que los respectivos socios únicos de las mercantiles, "Fundosa Sport y Ocio, Sociedad Anónima" y "Centro Especial de Empleo Fundosa Sport y Ocio, Sociedad Anónima", mediante decisión de socio único, en ejercicio de las competencias de la Junta general ordinaria de accionistas, aprobaron, respectivamente, cada uno de ellos, en fecha 28 de junio de 2002, la fusión por absorción de dichas sociedades, mediante la absorción por "Fundosa Sport y Ocio, Sociedad Anónima", sociedad absorbente, de la sociedad "Centro Especial de Empleo Fundosa Sport y Ocio, Sociedad Anónima", sociedad absorbida, con disolución sin liquidación de esta última, y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, y sin ampliación del capital social de la sociedad absorbente, por ser ésta titular de la totalidad de las acciones en que se divide el capital social de la sociedad absorbida, todo ello en los términos y condiciones recogidos en el proyecto de fusión suscrito por los administradores de las sociedades detalladas, depositado en el Registro Mercantil de Madrid.

Asimismo, se hace constar que como consecuencia de la fusión por absorción, el socio único de la sociedad absorbente, "Fundosa Sport y Ocio, Sociedad Anónima", acordó modificar el artículo 2 de los estatutos sociales de la misma, relativo a su objeto social, a fin de ampliar las actividades que por la misma serán desarrolladas, pasando en adelante el expresado artículo a tener la siguiente redacción: Artículo 2. Objeto.

"La explotación y gestión de instalaciones dedicadas a la práctica deportiva, al recreo, al esparcimiento y a la animación socio-cultural, así como la promoción de actividades relacionadas con el deporte y el ocio.

La realización de dichas actividades podrá ser desarrollada por la sociedad total o parcialmente de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto idéntico o análogo.

El desarrollo de las actividades que constituyen el objeto social de la compañía, en cualquier caso, estará orientado a la integración social y laboral de las personas con discapacidad." De igual forma, a los efectos de lo dispuesto en la legislación vigente, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 23 de julio de 2002.-Los Administradores de las sociedades fusionadas.-"Fundosa Sport y Ocio, Sociedad Anónima" y "Centro Especial de Empleo Fundosa Sport y Ocio, Sociedad Anónima".-37.115. 2.a 7-8-2002.

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