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En cumplimiento del artículo 146 de la Ley de Sociedades Anónimas se comunica que en Junta general extraordinaria y universal de accionistas, se ha acordado condicionar la transmisión de las acciones sociales mediante aportación a sociedades, al previo derecho de adquisición preferente de los demás accionistas o de la propia sociedad, en su caso, modificando en consecuencia el artículo correspondiente de los Estatutos sociales.
Sevilla, 1 de agosto de 2002.-El Secretario del Consejo de Administración, Julio Rubio Rueda.-37.352.
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