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Documento BORME-C-2002-149122

VIAJES POLITUR, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad escindida) VIAJES PUENTE DEL MUNDO, S. L. (Sociedad beneficiaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 149, páginas 20644 a 20644 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-149122

TEXTO

Anuncio de escisión parcial De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el socio único de "Puente del Mundo, Sociedad Anónima", las Juntas generales ordinarias y universales de accionistas y socios de "Viajes Vincit, Sociedad Anónima" y "Ultratur, Sociedad Limitada", como sociedades previamente absorbidas por "Viajes Politur, Sociedad Limitada" y el socio único de "Viajes Politur, Sociedad Limitada", sociedad previamente absorbente y ahora escindida, han aprobado, por unanimidad, con fecha 30 de junio de 2002, la escisión parcial simultánea de "Viajes Politur, Sociedad Limitada" mediante la segregación del patrimonio afecto a la unidad económica de agencias de viajes mayorista, resultando beneficiaria de la misma una sociedad de nueva creación "Viajes Puente del Mundo, Sociedad Limitada", todo ello sobre la base del proyecto único de fusión y simultánea escisión parcial suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes y depositado en los Registros Mercantiles de Pontevedra y Navarra. La sociedad "Viajes Politur, Sociedad Limitada", con motivo de la fusión, cambió su denominación social por la de "Viajes Vincit, Sociedad Limitada".

Como consecuencia de este acuerdo se reduce el capital social y las reservas de la sociedad escindida en proporción al valor patrimonial de la unidad económica segregada. Asimismo, la sociedad beneficiaria de la escisión, "Viajes Puente del Mundo, Sociedad Limitada", se constituirá con un capital social inicial y una prima de asunción equivalentes a la reducción practicada en la sociedad escindida.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de todas las sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión. Los acreedores de las sociedades podrán oponerse a dichos acuerdos en los términos establecidos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio.

Vigo, 10 de julio de 2002.-José Manuel Maciñeiras Corral, Administrador único de "Viajes Politur, Sociedad Limitada" ("Viajes Vincit, Sociedad Limitada" tras la fusión).-37.088.

2.a 7-8-2002.

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