La sociedad "Promociones Carrasco Pardo, Sociedad Limitada Laboral", y la sociedad "Blodesur, Sociedad Anónima Laboral", acordaron en Junta universal de cada una de las sociedades, de fecha 29 de julio de 2002, la escisión por división y segregación, en cada una de ellas, de una parte de su patrimonio, rama de actividad destinada a arrendamiento de inmuebles, con absorción de los bloques resultantes de la escisión en cada una de las sociedades, por la sociedad "Alquimálaga, Sociedad Limitada Laboral", quien adquirirá por sucesión, a título particular, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado.
Los socios y acreedores tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos y de los Balances de escisión.
Durante el plazo de un mes, desde el último anuncio del acuerdo, los acreedores de cada una de las sociedades que se escinden podrán oponerse a la escisión hasta que se garanticen sus créditos.
Málaga, 12 de agosto de 2002.-Los Administradores mancomunados de "Promociones Carrasco Pardo, Sociedad Limitada Laboral", y el Administrador único de "Blodesur, Sociedad Anónima Laboral".-38.362.
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