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Documento BORME-C-2002-159013

LOYCO, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad escindida) ARRENDAMIENTOS CLAUDIO COELLO, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad beneficiaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 159, páginas 21878 a 21878 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-159013

TEXTO

En la Junta general extraordinaria de la compañía "LOYCO, Sociedad Limitada", celebrada el día 15 de julio de 2002, se tomaron, por unanimidad, entre otros, los acuerdos que a continuación se expresan en lo pertinente: 1. Aprobar el Balance de escisión parcial de "LOYCO, Sociedad Limitada", sin extinción, cerrado el 14 de julio de 2002, sin variación respecto al cerrado con fecha 31 de diciembre de 2001.

2. Proceder a la escisión parcial sin extinción de "LOYCO, Sociedad Limitada", siendo la beneficiaria la sociedad denominada "Arrendamientos Claudio Coello, Sociedad Limitada", de nueva creación en los términos establecidos en el proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Cantabria, el día 24 de abril de 2002.

La Sociedad "LOYCO, Sociedad Limitada", escindida parcialmente, segrega y aporta a la sociedad beneficiaria citada los elementos patrimoniales de Activo y Pasivo correspondientes a la actividad de arrendamiento de inmuebles, que tiene entidad económica propia, y que se precisan y determinan en el proyecto de escisión, traspasando en bloque dicho patrimonio social a la sociedad de nueva creación denominada "Arrendamientos Claudio Coello, Sociedad Limitada", como única beneficiaria, produciéndose la sucesión a título universal en todas las obligaciones y derechos afectos al patrimonio que se escinde.

3. Asimismo, y como consecuencia de la escisión parcial de "LOYCO, Sociedad Limitada", ésta reduce su capital en euros 30.050,605 dejando amortizadas las participaciones números 1 al 5.000, ambas inclusive, y modificando por consiguiente el artículo quinto de los Estatutos, que tendrán en lo sucesivo la siguiente redacción: "Artículo quinto. Capital social. El capital social es de 12.020,25 euros, representado por 2.000 participaciones, de 6,010121 euros cada una, numeradas del 1 al 2.000, inclusive. Dicho capital ha sido íntegramente suscrito y desembolsado." 4. El objeto social de "LOYCO, Sociedad Limitada", conforme al artículo tercero de los Estatutos, queda redactado como sigue: "Artículo tercero. Tiene por objeto la financiación, compra-venta, arrendamiento, promoción, proyección, urbanización y construcción inmobiliaria, tanto por ejecución directa, como por, administración o contrata, con las diferentes ramas de la construcción, la sociedad podrá realizar las actividades que constituyen su objeto social total o parcialmente, de forma directa o mediante la participación en otras sociedades, o entidades con o sin personalidad jurídica." 5. Establecer el día del otorgamiento de la escritura de escisión como fecha a partir de la que cualquier operación relativa al patrimonio objeto de la escisión ha de estimarse realizada a efectos contables por cuenta de "Arrendamientos Claudio Coello, Sociedad Limitada" (nueva sociedad).

6. El canje de las participaciones que se amortizan por las de la nueva sociedad, se llevará a efecto en el acto del otorgamiento de la escritura de constitución de ésta.

7. No se concede ventaja de ninguna clase a los miembros del Consejo de Administración de "LOYCO, Sociedad Limitada", ni a ningún socio o persona.

Se hace constar, el derecho que tienen los socios y acreedores de obtener el texto de los acuerdos adoptados y copia del Balance de escisión.

Se hace constar, asimismo, que de conformidad con lo prevenido el la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores pueden oponerse a la escisión en los términos previstos en los artículos 166 a 243 de dicha Ley, en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de escisión. Los datos registrales de la sociedad escindida son los siguientes: "LOYCO, Sociedad Limitada", domiciliada en Santander, calle Gándara, CIF B-28194710 e inscrita en el Registro Mercantil de Cantabria, tomo 374, folio 80, hoja número 5-12.062, inscripción segunda, libro 0 de la sección 2.a Santander, 16 de julio de 2002.-El Administrador solidario.-38.651. y 3.a 22-8-2002.

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