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Documento BORME-C-2002-159021

TISCALI ESPAÑA, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) INICIA COMUNICACIONES, S. A. Sociedad unipersonal ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE EMPRESAS PROVEEDORAS DE INTERNET, S. L. Sociedad unipersonal ORIENTACIÓN DE EMPRESAS MULTIMEDIA, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 159, páginas 21880 a 21880 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-159021

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, aplicables por remisión efectuada por el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que el 30 de junio de 2002, los órganos de gobierno de las sociedades "Tiscali España, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal (Sociedad absorbente), "Inicia Comunicaciones, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal (sociedad absorbida), "Asociación Española de Empresas Proveedoras de Internet, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal (sociedad absorbida) y "Orientación de Empresas Multimedia, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal (sociedad absorbida) decidieron aprobar la fusión por absorción de las sociedades "Inicia Comunicaciones, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, "Asociación Española de Empresas Proveedoras de Internet, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal y "Orientación de Empresas Multimedia, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal por parte de "Tiscali España, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, adquiriendo esta última, en consecuencia, el total patrimonio de las sociedades absorbidas que quedarán disueltas y extinguidas sin apertura de período de liquidación.

La fusión se ha acordado en los términos del proyecto de fusión redactado por los Consejos de Administración y Administradores únicos de dichas sociedades, tomando como base los Balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2001, y habiendo sido puesta a disposición de los accionistas y socios únicos, así como de los representantes de los trabajadores, la documentación específica señalada en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Se hace constar de forma expresa el derecho de los socios, accionistas y acreedores de cada una de las sociedades intervinientes, a obtener, en el correspondiente domicilio social, el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los Balances de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores, en los términos previstos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 1 de julio de 2002.-Los Consejos de Administración y Administradores únicos de las sociedades intervinientes.-38.820.

2.a 22-8-2002.

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