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Documento BORME-C-2002-181018

ERCROS INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) COGENERACIÓ ELÈCTRICA DE LA RIBERA DE L'EBRE Agrupación de interés económico (Agrupación absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 181, páginas 25102 a 25102 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-181018

TEXTO

Acuerdo de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el socio único de "Ercros Industrial, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y la Asamblea general de "Cogeneració Elèctrica de la Ribera de l`Ebre", agrupación de interés económico, aprobaron con fecha 1 de septiembre de 2002 la fusión de la sociedad y de la agrupación citadas, mediante la absorción de esta última por la primera, con disolución, sin liquidación, de la agrupación absorbida y consiguiente traspaso en bloque de su patrimonio a favor de la sociedad absorbente, que lo adquiere como sucesora universal, todo ello con aprobación y ajustándose a los proyectos de fusión depositados en los Registros Mercantiles de Barcelona y Tarragona con fechas 29 de julio de 2002 y 6 de agosto de 2002, respectivamente.

La fusión tendrá efectos contables a partir del día 1 de noviembre de 2002 y los Balances de fusión son los cerrados por la sociedad y la agrupación que se fusionan el 31 de agosto de 2002, aprobados por acuerdo del socio único de la sociedad absorbente y por la Asamblea general de la agrupación.

Como la sociedad absorbente posee la totalidad de las participaciones de la agrupación absorbida, no procede ampliar su capital social. Se ha modificado el objeto social de la sociedad absorbente para incorporar la actividad de la agrupación absorbida, consistente en la construcción, explotación y mantenimiento de una central de producción de energía eléctrica y vapor.

No existen en la sociedad absorbente y en la agrupación absorbida clases especiales de acciones ni derechos especiales distintos de las acciones, susceptibles de recibir derechos u opciones especiales de los previstos en el apartado e) del artículo 235 de la Ley de Sociedades Anónimas.

No se atribuyen tampoco ventajas de ninguna clase a los Administradores de la sociedad absorbente y de la agrupación absorbida.

Se hace constar el derecho que asiste a los señores accionistas, socios y acreedores de la sociedad absorbente y de la agrupación absorbida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión.

Asimismo, se hace saber que los acreedores de la sociedad absorbente y de la agrupación absorbida podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de la publicación del último anuncio del presente acuerdo de fusión.

Barcelona, 17 de septiembre de 2002.-El Administrador único de "Ercros Industrial, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal.-El Presidente del Consejo de Gobierno de "Cogeneració Elèctrica de la Ribera de l`Ebre", agrupación de interés económico.-41.546. 1.a 23-9-2002.

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