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Anuncio de fusión por absorción Al objeto de dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas (texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre), se hace público que las Juntas generales extraordinarias de accionistas de "MF-23, Sociedad Anónima" (domiciliada en paseo de la Castellana, número 201, 8.o, de Madrid, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 2.500, libro 0, sección 8.a, folio 10, hoja M-43.661), "ML-3, Sociedad Anónima" (domiciliada en calle Julio Palacios, número 3, de Madrid, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 5.810, folio 161, sección 8.a, hoja 95.039), la Junta general extraordinaria de socios de "MG-4, Sociedad Limitada" (domiciliada en calle Villa de Marín, número 30, de Madrid, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 4.944, folio 138, sección 8.o, hoja M-80.870) y las Juntas universales de socios de Fralhe, Sociedad Limitada (con domicilio en calle Villa de Marín, número 30, de Madrid, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 8.214, sección 8.a, libro 0, hoja M-132.507) y de accionistas de "MB-2, Sociedad Anónima" (domiciliada en paseo de la Castellana, número 201, 8.o, de Madrid, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 6.795, sección 8.a, libro 0, hoja M-110.647), celebradas todas ellas el día 17 de septiembre de 2002, han adoptado el acuerdo de fusión por absorción por parte de la sociedad anónima ya existente "MF-23, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente), de "ML-3, Sociedad Anónima", "MG-4, Sociedad Limitada", "MB-2, Sociedad Anónima" y "Fralhe, Sociedad Limitada" (sociedades absorbidas), adquiriendo la sociedad absorbente en bloque, a título universal, la totalidad de los patrimonios sociales de las sociedades absorbidas, que se extinguirán, por disolución sin liquidación, según lo previsto en los artículos 233 y siguientes de la Ley de Sociedades Anónimas. Se hace constar expresamente que son elementos integrantes del acuerdo de fusión adoptado: La aprobación del Balance de fusión de todas las sociedades participantes en la operación, cerrado a 31 de marzo de 2002.
Que dicha fusión se ha ajustado al proyecto de fusión -redactado y suscrito por todos los Consejos de Administración de las sociedades intervinientes en la fusión con fecha 22 de abril de 2002 y depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 12 de junio de 2002- con las matizaciones derivadas del a incorporación de las valoraciones del informe de experto independiente, emitido en fecha 16 de julio de 2002, proyecto de fusión cuyas menciones legalmente exigidas son: 1. El tipo de canje acordado es de una acción de nueva emisión de "MF-23, Sociedad Anónima" por cada 1,01324 acciones de ML-3, Sociedad Anónima" y de una acción de nueva emisión de "MF-23, Sociedad Anónima por cada 0,03353 participaciones sociales de "MG-4, Sociedad Limitada"; no se incluye tipo de canje de "MB-2, Sociedad Anónima" y "Fralhe, Sociedad Limitada" al amparo del artículo 250.1 de la Ley de Sociedades Anónimas y tampoco se prevé compensación complementaria en dinero, procediéndose al redondeo de las fracciones inferiores a una acción. 2. El procedimiento de canje tendrá lugar mediante la entrega al Consejo de Administración de "MF-23, Sociedad Anónima" de los documentos que acrediten la titularidad de las acciones de la sociedad absorbida "ML-3, Sociedad Anónima" y de las participaciones sociales de la también sociedad absorbida "MG-4, Sociedad Limitada", haciendo entrega a los accionistas o socios de las sociedades absorbidas los títulos de las acciones de nueva emisión de "MF-23, Sociedad Anónima" que les correspondan; las nuevas acciones darán derecho a participar en las ganancias sociales de la sociedad absorbente desde 1 de enero de 2003. 3. A partir del día 1 de enero de 2003 todas las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente a la que traspasan su patrimonio. 4. No existen titulares de acciones de clases especiales ni de derechos especiales distintos de las acciones en las sociedades que deban extinguirse, de modo que no se otorgan derechos en la sociedad absorbente.
5. No se atribuye ventaja alguna en la sociedad absorbente ni a los expertos independientes ni tampoco a los administradores de las sociedades que se fusionan.
Del propio modo, en el presente anuncio de fusión se hace constar: El derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de la fusión, con arreglo a lo dispuesto en el meritado artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas.
El derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la misma Ley de Sociedades Anónimas, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del tercer y último anuncio de fusión, derecho que se menciona expresamente dando cumplimiento a lo ordenado por el artículo 243.2 de la propia Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 17 de septiembre de 2002.-Los Secretarios de los Consejos de Administración.-Visto bueno de los Presidentes de los Consejos de Administración.-42.171. 1.a 30-9-2002.
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