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Convocatoria de Junta general extraordinaria Se convoca a los señores accionistas a la Junta general extraordinaria de accionistas, que se celebrará en el domicilio social, en primera convocatoria el día 12 de noviembre de 2002, a las doce horas, y en segunda convocatoria al día siguiente, en el mismo lugar y hora, bajo el siguiente Orden del día Primero.-Ampliación del capital social de la compañía mediante la emisión de nuevas acciones ordinarias; delegación de facultades al Consejo de Administración, y consiguiente modificación del artículo 5 de los Estatutos sociales.
Segundo.-Aprobación del Balance de fusión.
Tercero.-Aprobación del proyecto de fusión elaborado conjuntamente por los órganos de Administración de esta Compañía y la sociedad "Copa de Baco, Sociedad Limitada".
Cuarto.-Aprobación de la fusión con la sociedad "Copa de Baco, Sociedad Limitada".
Quinto.-Acogimiento al régimen fiscal especial de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Sexto.-Delegación de facultades.
Séptimo.-Ruegos y preguntas.
Octavo.-Lectura y, en su caso, aprobación del Acta de la Junta.
De conformidad con el artículo 240 de la Ley de Sociedades Anónimas (LSA) y en relación a la fusión proyectada se hace constar lo siguiente: 1. Sociedad absorbente: "Corporación Renta Antigua, Sociedad Anónima", con domicilio en Barcelona, avenida Diagonal, 449, 2.o, con CIF A-62385729, e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, hoja número B-220.077, folio 4, tomo 33.617.
Sociedad absorbida: "Copa de Baco, Sociedad Limitada", con domicilio en Madrid, calle Fuencarral, número 135, 6.o izquierda, con CIF B-83127969, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 17.070, libro 0, folio 80, sección 8.a, hoja número M-292.143.
2. La fusión consiste en la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, traspasando en bloque todo su patrimonio a la sociedad absorbente, la cual, al tiempo de acordarse la fusión, ostentará el 100 por 100 del capital social de "Copa de Baco, Sociedad Limitada", siendo pues la fusión de carácter impropia (artículo 250 Ley de Sociedades Anónimas) no se incluyen en el proyecto de fusión las menciones enumeradas en las letras b) y c) del artículo 235 de la Ley de Sociedades Anónimas.
3. Todas las operaciones llevadas a cabo por la sociedad absorbida, se entenderán realizadas, a efectos contables, por la sociedad absorbente, con efectos a partir del día 1 de enero de 2002.
4. En la sociedad que se extinguirá como consecuencia de la fusión, es decir, la sociedad absorbida, no existen titulares de participaciones desiguales o de derechos especiales distintos a las participaciones. En consecuencia, no se otorgará ningún derecho especial en favor de los socios titulares de las participaciones de la sociedad a absorber ni en favor de terceras personas.
5. No se atribuirán ventajas de ningún tipo en la sociedad absorbente a los Administradores de la sociedades que se fusionan, ni se atribuirán ventajas especiales en favor de expertos independientes, ya que no es precisa su intervención.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas de examinar en el domicilio social, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta, y el texto íntegro de la modificación estatutaria propuesta relativa al capital y el informe del órgano de administración sobre la misma, y el informe sobre las aportaciones proyectadas, los aportantes, el número y valor nominal de las acciones a entregar y las garantías adoptadas según la naturaleza de los bienes en que la aportación consista, en su caso, así como de solicitar la entrega o envío gratuito de dichos documentos a sus domicilios. Asimismo, y en relación a la fusión proyectada con la sociedad "Copa de Baco, Sociedad Limitada", se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, obligacionistas, y titulares de derechos especiales distintos de las acciones de examinar en el domicilio social, los documentos indicados en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas así como de solicitar la entrega o envío gratuitos del texto íntegro de los mismos a sus domicilios.
Dichos documentos son para lo que concierne a la fusión de estas dos sociedades, los siguientes: a) El proyecto fusión.
b) Las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios de las dos sociedades participantes.
c) El Balance de fusión de las dos sociedades participantes.
d) Los Estatutos vigentes de las dos sociedades.
e) La relación de nombres, apellidos, edad, nacionalidad y domicilio, de los Administradores de las dos sociedades, y la fecha desde la que desempeñan sus cargos.
Barcelona, 9 de octubre de 2002.-El Presidente del Consejo de Administración.-44.412.
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