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Documento BORME-C-2002-20040

HACIENDA DE BRACAMONTE, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 20, páginas 2830 a 2831 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-20040

TEXTO

Junta general ordinaria de accionistas A propuesta de la Presidencia, el Consejo de Administración, con el asesoramiento en derecho del Letrado asesor, acuerda convocar Junta general ordinaria de accionistas, para el día 18 de febrero de 2002, a las diez treinta horas, en primera convocatoria, a fin de deliberar y resolver sobre el siguiente Orden del día Primero.-Examen y, en su caso, aprobación de las cuentas anuales (Memoria, Balance y Cuenta de Pérdidas y Ganancias) del ejercicio comprendido entre el 1 de septiembre de 2000 y el 31 de agosto de 2001, así como del informe de gestión del Consejo de Administración. Análisis del informe de los Auditores de cuentas de la sociedad.

Segundo.-Aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado del ejercicio cerrado al 31 de agosto de 2001, de acuerdo con el Balance aprobado.

Tercero.-Cese y dimisión de Consejeros.

Reestructuración del Consejo.

Cuarto.-Nombramiento Auditores de la sociedad.

Quinto.-Ruegos y preguntas. Asuntos varios.

Sexto.-Interpretación, ejecución y desarrollo de los acuerdos adoptados.

Séptimo.-Lectura y aprobación, si procede, del acta de la Junta o nombramiento de Interventores para tal fin.

Derecho de información: De acuerdo con el artículo 212 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, los señores accionistas tendrán derecho a examinar, en el domicilio social, pedir la entrega o envío gratuito de los documentos que sean sometidos a la aprobación de la Junta.

Derecho de asistencia: Podrán asistir a la Junta general los accionistas que posean un número de acciones que representen al menos el 1 por 1.000 del capital social y que figuren inscritos en el libro registro de acciones nominativas de la compañía, por lo menos con cinco días de antelación a aquel en que haya de celebrarse la Junta.

Los accionistas en quienes concurran dicho requisito podrán retirar de las oficinas de la sociedad las papeletas justificativas de su derecho de asistencia a la Junta y del número de votos que en ella le corresponden.

Los accionistas que posean un número de acciones inferior al exigido en el apartado primero de este artículo podrán agruparlas hasta constituir aquel número y confiar su representación a cualquiera de ellos o a otra persona física accionista con derecho de asistencia a la Junta. Las agrupaciones habrán de quedar formalizadas en el momento de legitimarse la asistencia a la Junta y por medio de escrito dirigido a la sociedad.

Jerez de la Frontera, 16 de enero de 2002.

-Miguel Martín Mateos, Presidente del Consejo de Administración.-2.604.

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