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Documento BORME-C-2002-203008

BARCELONA AIRPORT CARGO, AIE

Publicado en:
«BORME» núm. 203, páginas 28880 a 28880 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-203008

TEXTO

El 5 de junio de 2002, la Asamblea de socios de "Barcelona Airport Cargo, Aie", adoptó, entre otros, por unanimidad, los siguientes acuerdos: A) Modificar los artículos 2, 5.1 y 5.2 de los Estatutos de la Agrupación, que en adelante tendrán la siguiente redacción: Artículo 2. La Agrupación tiene por objeto el apoyo al desarrollo de la carga aérea en el aeropuerto de Barcelona, específicamente en aquellos aspectos vinculados a la actividad de sus socios, así como, en general, cualquier otra actividad tendente a facilitar e impulsar el adecuado desarrollo de la actividad de carga aérea en dicho aeropuerto, la calidad de sus servicios, la difusión de sus infraestructuras, fomentando estrategias comerciales coordinadas, todo ello mediante la colaboración entre sus miembros, con el fin de conseguir el crecimiento de dicha actividad y facilitando y mejorando los resultados de la actividad de sus socios.

Artículo 5.1 La Agrupación está integrada por los siguientes socios: "Centros Logísticos Aeroportuarios, Sociedad Anónima".

Consorcio de la Zona Franca.

"Centro Integral de Mercancías y Actividades Logísticas, Sociedad Anónima".

"Centro Intermodal de Logística, Sociedad Anónima".

"Gestión y Promoción Aeroportuaria, Sociedad Anónima".

En caso de renuncia de una de las entidades fundadoras, podrá sucederle, si lo solicitase al tiempo de la renuncia, una entidad vinculada con aquélla, que posea al menos un cincuenta por ciento del capital de la fundadora.

Artículo 5.2. Régimen económico.-La Agrupación no tendrá capital social. El coste económico de la actividad de la Agrupación será sufragado mediante las cuotas anuales que deben aportar sus socios por partes iguales y en las cuantías que determine la Asamblea de socios.

Al margen de estas aportaciones en concepto de cuotas la Agrupación podrá contar, para su financiación, con otras aportaciones, subvenciones o donaciones y, en general, cualquier otro recurso externo, así como los resultantes de las posibles formas de financiación ligadas a su actividad.

En el caso de la admisión de nuevos socios la cuota de ingreso será fijada por la Asamblea de socios.

B) Reducir el capital, fijado estatutariamente en 360.607,26 euros, en la expresada suma, dado que, según el anterior acuerdo, la Agrupación no tendrá capital, teniendo por finalidad esta reducción la restitución de las aportaciones a los socios.

Barcelona, 5 de junio de 2002.-La Asamblea de Socios.-45.198.

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