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Documento BORME-C-2002-212010

CARAVAN SARAY, S. L. Unipersonal (Sociedad absorbente) POTTON LEISURE, S. A. Unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 212, páginas 30686 a 30686 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-212010

TEXTO

Anuncio de fusión De conformidad con el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales universales de las compañías "Caravan Saray, Sociedad Limitada", unipersonal, y "Potton Leisure, Sociedad Anónima", unipersonal, celebradas el 15 de octubre de 2002, aprobaron, por unanimidad, la fusión entre dichas sociedades, mediante absorción por "Caravan Saray, Sociedad Limitada", de "Potton Leisure, Sociedad Anónima", íntegramente participada por la primera, lo que implica la extinción y disolución de la última sociedad, y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente, tomando el día 1 de noviembre de 2002, como fecha a partir de la cual las operaciones que se realicen por "Potton Leisure, Sociedad Anónima", se considerarán computables a efectos contables, a la sociedad absorbente "Caravan Saray, Sociedad Limitada" y, en consecuencia, la sociedad absorbente se subroga en derechos y obligaciones de la entidad absorbida, sin limitación alguna. La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos Balances de fusión, sin modificaciones de capital, al ser propietaria la sociedad absorbente de la totalidad de las acciones de la absorbida, sin conceder ventajas especiales a los miembros del órgano de administración. Los acuerdos de fusión se encuentran depositados en el Registro Mercantil de Málaga.

De conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión de cada sociedad, y que, asimismo, se hace constar que a los acreedores de ambas sociedades fusionadas les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Marbella, 24 de octubre de 2002.-El Administrador único de "Caravan Saray, Sociedad Limitada", unipersonal.-47.831. 1.a 6-11-2002.

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