El socio único, "Grupo Pra, Sociedad Anónima", acordó el 21 de noviembre de 2002, la disolución sin liquidación con cesión global de activos y pasivos de la sociedad a su favor.
Derecho de Información: Se hace constar el derecho que corresponde a todos los acreedores de la sociedad cedente y de la sociedad cesionaria a obtener el texto íntegro del acuerdo de cesión, que está a su disposición en el domicilio social.
Derecho de Oposición: Todos los acreedores de la sociedad cedente y cesionaria podrán oponerse a la cesión en los términos previstos en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Málaga, 21 de noviembre de 2002.-El Administrador único.-51.158.
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