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Las Juntas universales de socios, celebradas el 8 de enero de 2002, aprobaron la escisión parcial de "Enermes, Sociedad Limitada", mediante segregación de su patrimonio, a favor de "Enermes Servicios, Sociedad Limitada", quien adquirirá por sucesión, todos los derechos y obligaciones del patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión.
Se hace constar el derecho que asiste a socios y acreedores de las sociedades en la escisión a obtener el texto de los acuerdos y los balances de escisión. Los acreedores pueden oponerse en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, desde última publicación.
Málaga, 8 de enero de 2002.-Los Administradores solidarios y únicos.-5.043.
2.a 20-2-2002.
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