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Documento BORME-C-2002-47035

INVERDINER, F.I.A.M.M. (Fondo absorbente) FONGESTIÓN, F.I.A.M.M. NOVODINER, F.I.A.M.M. (Fondos absorbidos)

Publicado en:
«BORME» núm. 47, páginas 6490 a 6490 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-47035

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción En cumplimiento de lo previsto en el artículo 23 bis, segundo, de la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora de las Instituciones de Inversión Colectiva, se hace público: Que con fecha, 13 de junio de 2001, el Consejo de Administración de "Ahorro Corporación Gestión, S.G.I.I.C., Sociedad Anónima", como sociedad gestora de los fondos "Inverdiner, F.I.A.M.M." (fondo absorbente) y "Fongestión, F.I.A.M.M." y "Novodiner, F.I.A.M.M." (fondos absorbidos), aprobó, por unanimidad, el acuerdo de fusión por absorción de los mencionados fondos.

Que, con fecha 19 de septiembre de 2001, el Consejo de Administración de la Confederación Española de Cajas de Ahorros, como entidad depositaria de los mencionados fondos, aprobó por unanimidad, el acuerdo de fusión por absorción de los citados fondos.

Que, con fecha 22 de febrero de 2002, el Ministro de Economía y Hacienda, a propuesta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, autorizó el proyecto de fusión de los citados fondos presentado por dichas entidades, en el que se recoge la fusión por absorción de "Inverdiner, F.I.A.M.M.", "Fongestión, F.I.A.M.M." y "Novodiner, F.I.A.M.M.", con disolución sin liquidación de la entidad absorbida y transmisión en bloque de todos sus Activos y Pasivos a las entidades absorbentes, sucediendo ésta a título universal, en todos sus derechos y obligaciones a las absorbidas.

Que, como consecuencia de lo anterior, y a los efectos de lo establecido en la legislación vigente en materia de Instituciones de Inversión Colectiva, se comunica a los partícipes de los fondos afectados, el derecho de separación que les asiste, ejercitable en el plazo de treinta días a contar desde la fecha de publicación de este anuncio o de la reemisión de la oportuna comunicación individualizada a los partícipes, sin deducción de comisión de reembolso ni gasto alguno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 bis, segundo, párrafo 4.o de la Ley 46/1984, de 26 de diciembre.

Que, asimismo, los acreedores de los fondos participantes en la fusión podrán oponerse a la misma, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar, que los partícipes y acreedores tienen el derecho de solicitar y obtener, el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del proyecto de fusión.

Madrid, 26 de febrero de 2002.-El Secretario del Consejo de Administración.-7.280.

y 3.a 8-3-2002.

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