Acuerdo de ampliación de capital La Junta general de accionistas celebrada en el domicilio social el día 29 de marzo de 2002, en primera convocatoria, ha adoptado por unanimidad de los asistentes el siguiente acuerdo: Aumentar la cifra del capital social, mediante aportación dineraria, en la cantidad de un millón doscientos cinco mil cinco (1.205.005) euros, de la siguiente forma: Emisión de diez mil veinticinco (10.025) acciones nominativas de ciento veinte euros con veinte céntimos de euro (120,20 euros), de valor nominal cada una de ellas, de la clase y serie única, y con todos los derechos inherentes a la condición de socio, numeradas correlativamente del cuatro mil doscientos uno (4.201) al catorce mil doscientos veinticinco (14.225), ambos inclusive, cuyo importe global es de un millón doscientos cinco mil cinco (1.205.005) euros, cuya suscripción y desembolso se ofrecerán a los accionistas en virtud del artículo 6.o B) de los Estatutos sociales, en proporción a la participación que posean en el capital social. Los actuales accionistas de la sociedad podrán ejercitar su derecho preferente de suscripción de las acciones emitidas en la proporción que les corresponda, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del anuncio de la ampliación acordada.
Las acciones emitidas, una vez cerrada la ampliación, participarán en iguales derechos y obligaciones que las anteriores.
El desembolso de las acciones suscritas habrá de ser íntegro, en efectivo y en el mismo plazo indicado anteriormente y se efectuará por su importe total en la cuenta de la sociedad abierta en el BBVA, Oficina de Empresas, calle Herrerías, de Benidorm, cuenta corriente número 01825532720015692006.
Vencido el plazo de un mes señalado en el párrafo anterior, las acciones pendientes de suscripción serán ofrecidas a los socios que, habiendo suscrito las que les correspondan, hayan comunicado con anterioridad a dicha fecha, por escrito dirigido al Administrador único, su propósito de suscribirlas, en cuyo supuesto, si fueran varios los accionistas interesados, serán distribuidas entre ellos mediante prorrateo proporcional al número de acciones que cada uno poseyere al 29 de marzo de 2002.
En todo caso, las acciones que definitivamente quedaren sin suscribir, aun contando con el prorrateo previsto en el párrafo anterior, serán anuladas y consiguientemente, el capital social solo se aumentará en la cuantía de las suscripciones efectuadas, quedando emitidas únicamente las acciones que correspondan a la cifra suscrita efectivamente con la numeración correlativa correspondiente, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 161 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
Benidorm, 2 de abril de 2002.-El Administrador único.-11.554.
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