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Documento BORME-C-2002-79097

PRET A MANGER, S. L. (Sociedad escindida totalmente) ARTEMI NOLLA GRUP GESTIÓ DE RESTAURANTS, S. L. ARTEMI NOLLA GRUP EXPLOTACIÓ D'IMMOBLES, S. L. (Sociedades beneficiarias)

Publicado en:
«BORME» núm. 79, páginas 10652 a 10652 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-79097

TEXTO

Anuncio de escisión total De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación con lo establecido en el artículo 94.1 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las respectivas Juntas generales de socios de "Pret a Manger, Sociedad Limitada" (sociedad escindida), "Artemi Nolla Grup Gestió de Restaurants, Sociedad Limitada" y "Artemi Nolla Grup Explotació d'Immobles, Sociedad Limitada" (sociedades beneficiarias), en fecha 25 de abril de 2002, adoptaron por unanimidad, respectivamente, la escisión total de "Pret a Manger, Sociedad Limitada" (que se disuelve por tal motivo), en favor de "Artemi Nolla Grup Gestió de Restaurants, Sociedad Limitada" y "Artemi Nolla Grup Explotació d'Immobles, Sociedad Limitada", que se subrogan en todos los derechos y obligaciones de aquélla, todo ello en los términos del Proyecto de escisión total formulado por los Administradores solidarios de "Pret a Manger, Sociedad Limitada", "Artemi Nolla Grup Gestió de Restaurants, Sociedad Limitada" y "Artemi Nolla Grup Explotació d'Immobles, Sociedad Limitada" en fecha 13 de marzo de 2002.

De conformidad con lo establecido en los artículos 242, 254 y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación con el artículo 94.1 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión total de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como de los Balances de escisión, a su disposición en los respectivos domicilios sociales de cada una de las sociedades intervinientes. Del mismo modo, se deja constancia que los acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión, tienen derecho a oponerse a la escisión total en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del tercer y último anuncio del acuerdo de escisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 25 de abril de 2002.-Los Administradores solidarios de "Pret a Manger, Sociedad Limitada", "Artemi Nolla Grup Gestió de Restaurants, Sociedad Limitada" y "Artemi Nolla Grup Explotació d'Immobles, Sociedad Limitada".-15.776. 1.a 26-4-2002.

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