Convocatoria de Junta general extraordinaria Certifico: Que en reunión del Consejo de Administración de la mercantil "H. y P. Serpaa, Sociedad Anónima", celebrado en el domicilio social el día 2 de mayo de 2002, con asistencia personal de todos los miembros del Consejo, que aprobaron por unanimidad el acta y se acordó por mayoría convocar Junta general extraordinaria, a celebrar en el domicilio social, el día 30 de mayo de 2002, a las diecinueve horas, en primera convocatoria, y al día siguiente, 31 de mayo de 2002, a las veintiuna horas, en segunda convocatoria, bajo el siguiente Orden del día Primero.-Examen y aprobación, si procede, del Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Memoria e informe de gestión del ejercicio 2001.
Segundo.-Reducción y aumento del capital social de forma simultánea (artículo 169 del Real Decreto Ley 1564/1989). Modificación del artículo 5.o de los Estatutos sociales. Reducción del capital social a cero euros para compensar las pérdidas acumuladas por la sociedad que ascienden a 554.058,29 euros, mediante amortización de todas las acciones y ampliación simultánea del capital social a 600.000 euros, mediante la emisión de 100.000 acciones nominativas numeradas del 1 al 100.000, ambos inclusive, por un importe nominal de 6 euros cada una de ellas. Los accionistas cuyas acciones se amorticen tendrán derecho de suscripción preferente. El plazo de ejecución de la reducción/ampliación y consiguientemente de suscripción de acciones, será de quince días contados a partir de la Junta para el ejercicio preferente por los accionistas; y de sesenta días para cubrir la suscripción hasta el capital acordado, pudiendo en este período suscribir acciones, tanto los accionistas por exceso de su parte proporcional, como terceros ajenos a la sociedad.
La suscripción de acciones implicará el desembolso simultáneo del 50 por 100 del capital suscrito. Los dividendos pasivos se desembolsarán dentro de los seis meses siguientes contados a partir del último día habilitado para la suscripción en la forma y momento que acuerde el órgano de administración.
La suscripción será completa. Si no se cubriera íntegramente en el período previsto, se estará a lo dispuesto en el artículo 161 del Real Decreto Ley 1564/1989. Los accionistas cuyo capital social se amortiza podrán acudir a la suscripción por compensación de créditos en los términos del artículo 156 del Real Decreto-ley 1564/1989, hasta el límite de su capital en el período de suscripción preferente y hasta la totalidad de su crédito una vez transcurran los quince días habilitados a tal fin. El artículo 5.o de los Estatutos sociales quedará redactado como sigue: Capital social. El Capital social se fija en la cantidad de 600.000 euros, representados por 100.000 acciones nominativas de 6 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 100.000, ambos inclusive, y están totalmente suscritas y desembolsadas en un 50 por 100. Los dividendos pasivos se desembolsarán en dinero metálico en el plazo máximo de seis meses, en la forma y momentos que determine el órgano de administración, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley. Toma de acuerdos.
Tercero.-Dimisión del Consejo de Administración y, en su caso, renovación de cargos.
Cuarto.-Ruegos y preguntas.
El acta será intervenida y redactada por Notario.
Los accionistas tienen a su disposición en la oficina de la Sociedad las Cuentas del ejercicio, la Auditoría de las cuentas y el informe del Consejo de Administración justificativo de la reducción/ampliación del capital para compensar pérdidas.
Dichos informes se entregarán por fotocopia a los accionistas que lo soliciten por escrito en los términos de los artículos 112, 144, 155, 156, 159 y 212 del Real Decreto Ley 1.564/1989, o podrán examinarlos en las oficinas de la sociedad.
Estepar (Burgos), 9 de mayo de 2002.-El Secretario del Consejo de Administración, José Miguel Balbás Echevarría.-19.552.
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