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Documento BORME-C-2002-92106

EUROBANK DEL MEDITERRÁNEO, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 92, páginas 12588 a 12588 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-92106

TEXTO

Por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 10 de mayo del año en curso, se ha tomado la decisión de aumentar el capital de la sociedad en la suma de 1.920.564,30 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de una nueva serie de acciones "serie B" pasando a denominarse "serie A" el conjunto de acciones emitidas a la fecha, nominativas, de 4,38 euros cada una de ellas números del 4.384.856 al 4.823.340, a la par, sin prima alguna, que deberán ser desembolsadas íntegramente en el acto de su suscripción.

Se reserva el derecho de los socios de suscribir las acciones emitidas en la proporción de una nueva por cada 10 de las antiguas.

El plazo de suscripción es de un mes, a contar desde el día de publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, de conformidad con lo prevenido en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas.

El accionista podrá enajenar su derecho de suscripción en la forma que convenga.

Transcurrido el plazo indicado, las acciones no suscritas se ofrecerán por el Consejo de Administración a terceros, y de no ser suscritas en el término que éste estime necesario que no podrá superar en ningún caso los seis meses, sin que tal concesión implique oferta pública de suscripción de acciones, se cancelarán y anularán por el Consejo de Administración, haciendo en los libros y documentos de la Sociedad las oportunas anotaciones y otorgando los documentos necesarios.

Los suscriptores deberán ingresar en la caja Social el importe del valor nominal de las acciones suscritas, que habrá de ser depositado en la cuenta 0191-0001-83-4203000079 del Banco, entregando resguardo al Órgano de Administración para protocolizarlo en la escritura pública de aumento de capital.

Las acciones emitidas participarán de iguales derechos y obligaciones que las anteriores.

No obstante, el pago de dividendo, si hubiere lugar a ello, se hará a partir del semestre siguiente al en que se hubieren efectuado el desembolso.

Madrid, 15 de mayo de 2002.-El Consejo de Administración.-20.800.

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