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Documento BORME-C-2002-93019

ALECAN, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad absorbente) ALHOCA TÉCNICA, SOCIEDAD LIMITADA Unipersonal FAM. TRUST, SOCIEDAD LIMITADA Unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 93, páginas 12654 a 12654 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-93019

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que las Juntas generales universales y extraordinarias de las sociedades relacionadas en el título de este anuncio, celebradas el 25 de febrero de 2002, aprobaron por unanimidad la fusión mediante la absorción de "Alhoca Técnica, Sociedad Limitada Unipersonal" y "Fam. Trust, Sociedad Limitada Unipersonal" por "Alecan, Sociedad Limitada", con la consecuente disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y adquisición en bloque de sus patrimonios sociales por la sociedad absorbente, sobre la base de los Balances cerrados a 31 de agosto de 2001 y conforme al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Las Palmas.

Las operaciones de las sociedades absorbidas se entenderán realizadas por cuenta de la absorbente, a efectos contables desde el 1 de septiembre de 2001. Se hace constar que la fusión se realiza sin aumento de capital de la sociedad absorbente, por ser ésta titular del 100 por 100 de las participaciones de las sociedades absorbidas, no siendo preciso, en consecuencia, realizar canje de las participaciones sociales. Por la misma razón, no es necesario informe de Administradores ni de experto independiente.

La sociedad absorbente adoptará la denominación de una de las sociedades absorbidas "Fam. Trust, Sociedad Limitada"; en consecuencia, se modifica el artículo 1.o de los Estatutos sociales. No existen en las sociedades intervinientes en la fusión participaciones con derechos especiales, ni se otorgarán en la sociedad absorbente participaciones o derechos especiales como consecuencia de la fusión.

No se otorga ventaja alguna a los Administradores de las sociedades fusionadas. Los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los Balances de fusión. Se hace constar, asimismo, el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes desde el último anuncio del acuerdo de fusión, todo ello de conformidad con lo estipulado en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

San Bartolomé de Tirajana, 22 de abril de 2002.-El Administrador único de las sociedades fusionadas.-19.681. 2.a 21-5-2002.

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