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Documento BORME-C-2002-94007

AGRO TURIA, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad absorbente) GOCE, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 94, páginas 12893 a 12893 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-94007

TEXTO

Anuncio de fusión Las Juntas generales de socios de "Agro Turia, Sociedad Limitada", y de "Goce, Sociedad Limitada", reunidas con carácter de Juntas universales el día 7 de mayo de 2002, han acordado por unanimidad fusionar las dos sociedades, mediante absorción por "Agro Turia, Sociedad Limitada", de "Goce, Sociedad Limitada", que se disuelve sin liquidación, con transmisión en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente, "Agro Turia, Sociedad Limitada", que amplía su capital social para atender el canje de participaciones acordado para la fusión.

En el momento de materializarse la fusión se modificará la denominación social de la entidad absorbente, que pasará a denominarse "Goce-Atursa, Sociedad Limitada", con la consiguiente modificación del correspondiente artículo estatutario.

La fusión se realiza conforme a los Balances de las dos sociedades, cerrados a 31 de diciembre de 2001, que han sido aprobados por las respectivas Juntas generales de socios de las sociedades, considerándose a efectos contables que la fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida se consideran realizadas por la absorbente será la de 1 de enero de 2002.

La fusión se ha acordado con arreglo al proyecto de fusión elaborado por los respectivos órganos de administración de las dos sociedades, que fue depositado en el Registro Mercantil de Valencia con fecha 24 de abril de 2002.

La fusión se acuerda con arreglo a los principios de neutralidad fiscal, al acogerse a lo previsto en el capítulo VIII del título VIII de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto de Sociedades.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cualesquiera de las dos sociedades interesadas en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados por la misma y de los respectivos Balances de fusión.

Los acreedores de cualquiera de las sociedades interesadas en la fusión podrán ejercitar el derecho de oposición que les confiere el artículo 243 y demás concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas.

Valencia, 7 de mayo de 2002.-El Presidente del Consejo de Administración de "Agro Turia, Sociedad Limitada", Antonio Cano González.-21.157.

1.a 22-5-2002.

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