Está Vd. en

Documento BORME-C-2002-94027

ASCENSORES ENOR, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 94, páginas 12897 a 12897 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-94027

TEXTO

Por acuerdo del Consejo de Administración de "Ascensores Enor, Sociedad Anónima", se convoca Junta general ordinaria de accionistas, que tendrá lugar en primera convocatoria el día 29 de junio de 2002, a las diez horas, en el domicilio social sito en Vigo (Pontevedra), Polígono Industrial de Lavadores, avenida Alcalde Lavadores, 102, y en su caso, en segunda convocatoria el día siguiente, 30 de junio de 2002, a la misma hora y lugar, con el siguiente Orden del día Primero.-Examen y, en su caso, aprobación de las cuentas anuales e informe de gestión de "Ascensores Enor, Sociedad Anónima" y de su Grupo Consolidado, correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2001.

Segundo.-Aprobación de la propuesta de aplicación del resultado del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2001.

Tercero.-Propuesta y, en su caso, aprobación del nombramiento de Auditor de cuentas para el ejercicio de 2002.

Cuarto.-Redenominación de la cifra del capital social y del valor nominal de las acciones de pesetas a euros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 46/98 de 17 de diciembre, sobre la introducción del euro.

Quinto.-Reducción del capital social en la cuantía de 60,50 euros mediante la reducción del valor nominal de las 500.000 acciones, con el único objetivo de redondear los valores nominales de las acciones al céntimo de euro más próximo, y modificación, en su caso, del artículo 5 de los Estatutos sociales.

Sexto.-Adopción del acuerdo de escisión parcial de la sociedad, previa aprobación del proyecto único de Escisión Parcial, depositado en el Registro Mercantíl de Pontevedra con fecha 28 de febrero de 2002, por el cual se segregará la parte del patrimonio adscrita a la actividad de dirección y gestión de participadas, constitutiva de una unidad económica autónoma, para su transmisión a la sociedad "Grupo Ascensores Enor, Sociedad Anónima", beneficiaria de la escisión, reduciendo la sociedad sus fondos propios en la cuantía necesaria.

Séptimo.-Aprobación como balance de escisión de la sociedad el cerrado a 31 de diciembre de 2001 Octavo.-Sometimiento de la operación al régimen fiscal especial del capítulo 8, título 8.o de la Ley 43/95 del Impuesto sobre Sociedades.

Noveno.-Autorizar la aportación a la sociedad "Grupo Ascensores Enor, Sociedad Anónima" de las acciones de "Ascensores Enor, Sociedad Anónima" titularidad de los accionistas de la sociedad que manifiesten al Órgano de Administración su propósito de realizar dicha aportación.

Décimo.-Propuesta y aprobación, en su caso, de autorizar al Consejo de Administración de la sociedad para que proceda a realizar las gestiones necesarias para donar parte de las acciones de "Grupo Ascensores Enor, Sociedad Anónima" que la sociedad adquirirá como consecuencia de la escisión, a los accionistas de "Ascensores Enor, Sociedad Anónima" que no hubiesen acudido a la constitución de la sociedad "Grupo Ascensores Enor, Sociedad Anónima".

Undécimo.-Delegación de facultades para formalizar, interpretar, subsanar y ejecutar los acuerdos adoptados por la Junta general de accionistas.

Duodécimo.-Lectura y aprobación del acta, si procede.

Menciones mínimas del proyecto de escisión: Primera.-Sociedad escindida: su denominación es "Ascensores Enor, Sociedad Anónima", domiciliada en Vigo (Pontevedra), Polígono Industrial de Lavadores, avenida Alcalde Lavadores, 102.

Inscrita en el Registro Mercantíl de Pontevedra, al folio 62 del libro 607 de sociedades, hoja número PO-4603.

Sociedad beneficiaria de la escisión: Su denominación es "Grupo Ascensores Enor, Sociedad Anónima", domiciliada en Vigo (Pontevedra), avenida Alcalde Lavadores, 102. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al folio 93 del libro 2694, hoja número PO-29821.

Segunda.-La sociedad beneficiaria de la escisión emitirá 500.000 acciones que se distribuirán entre los accionistas de la sociedad que se escinde de manera proporcional a las acciones que cada uno de ellos posee en dicha sociedad, lo que determina un reparto de acuerdo con la siguiente regla: una acción de "Grupo Ascensores Enor, Sociedad Anónima", sociedad beneficiaria de la escisión, por cada acción de "Ascensores Enor, Sociedad Anónima".

No se prevé compensación alguna en metálico.

La sociedad que se escinde disminuirá el nominal de cada acción en 1,23 euros, recibiendo cada accionista una nueva acción, conforme al nuevo valor nominal, por cada una de las que anteriormente poseía.

Tercera.-El canje de las acciones de la sociedad escindida tendrá lugar en el domicilio de la sociedad beneficiaria, en Vigo, Avenida Alcalde Lavadores, 102, y se realizará conforme a lo previsto en el artículo 59 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Cuarta.-Las nuevas acciones de la sociedad beneficiaria de la escisión darán lugar a participar en las ganancias sociales a partir de la fecha de inscripción registral del aumento de capital.

Quinta.-Las operaciones de la sociedad escindida relacionadas con los elementos patrimoniales afectos a la actividad de dirección y gestión de participadas, se entenderán efectuadas a efectos contables por cuenta de la sociedad beneficiaria el día de la inscripción registral de al escritura de escisión.

Sexta.-No existirán en la sociedad beneficiaria de la escisión titulares de acciones de clases especiales o que tengan derechos especiales distintos de las acciones.

Séptima.-No se atribuirán ninguna clase de ventajas en la sociedad beneficiaria de la escisión a los Administradores de la sociedad escindida, ni a los de la sociedad beneficiaria, así como tampoco a los expertos intervinientes.

Octava.-Los elementos patrimoniales integrantes de la actividad escindida que han de transmitirse a la sociedad beneficiaria son: Una cuota de la sociedad "Enor, Elevaçao e Equipamentos Industriais Limitada".

999 acciones de la sociedad "Electromecánica del Noroeste, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal" Se hace constar, en cumplimiento de los artículos 238, 240 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que corresponde a todos los accionistas y representantes de los trabajadores, a examinar en el domicilio social todos los documentos exigidos en el artículo 238 referido en relación con la escisión, así como la documentación que integra las cuentas, el informe de gestión y el de los auditores de cuentas, de conformidad con el artículo 212.2 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a todos los anteriores de pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos.

Vigo, 15 de mayo de 2002.-El Presidente del Consejo de Administración, Angel Santorio Rodríguez.-20.379.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid