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La Junta de socios de "E. S. Casarrubios, Sociedad Limitada" de 9 de mayo de 2002, acordó su disolución sin apertura del período de liquidación y con cesión global de su activo y pasivo al socio único, "Urbanismo y Contratas, Sociedad Anónima", conforme al artículo 117 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, y aprobó el Balance de disolución cerrado a 31 de diciembre de 2001, que sirve de base a la cesión global de activo y pasivo, haciendo constar, a los efectos del artículo 246 del Reglamento del Registro Mercantil, el derecho de los acreedores de las sociedades cedente y cesionaria, a obtener el texto íntegro del acuerdo de cesión y a oponerse a la cesión en el plazo de un mes, desde la última publicación del anuncio de cesión.
Madrid, 9 de mayo de 2002.-El Administrador solidario.-21.379.
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