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Documento BORME-C-2003-1014

NISMÓVIL, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) ALICANTINA MOCIÓN, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 1, páginas 150 a 150 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-1014

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público para general conocimiento: Que por decisión del socio único de la mercantil "Nismóvil, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, adoptada el día 30 de junio de 2002, fue aprobada la operación de fusión por absorción de las mercantiles "Nismóvil, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal (sociedad absorbente), y la sociedad de nueva creación "Alicantina Moción, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal (sociedad absorbida), constituida como consecuencia de la previa escisión total de "Alicantina Moción, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal. A cambio del patrimonio recibido de la sociedad absorbida han sido ampliados el capital social y las reservas de "Nismóvil, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, en los términos referidos en el proyecto de fusión.

Ambas mercantiles intervinientes en la operación de fusión se encuentran íntegramente participadas de un modo directo o indirecto por la mercantil "Rafael Torrecillas e Hijos, Sociedad Limitada", no habiendo sido necesaria, en consecuencia, la intervención de experto independiente para la valoración del patrimonio absorbido ni la elaboración de los informes de los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la operación de fusión.

Dicha operación de fusión fue aprobada por las correspondientes decisiones de socio único con las menciones recogidas en el proyecto de fusión redactado y suscrito por los Consejos de Administración de cada una de las sociedades implicadas en la operación, que fue depositado en el Registro Mercantil de Alicante el día 27 junio de 2002. Asimismo, se aprobó como Balance de la operación de fusión el cerrado a 31 de diciembre de 2001.

De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de la decisión de fusión adoptada y del Balance de fusión. Según establece el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la operación de fusión referida podrán oponerse a la misma, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de los acuerdos anteriormente indicados, en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.

Alicante, 30 de junio de 2002.-El Presidente y el Secretario del Consejo de Administración de "Nismóvil, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, Rafael Torrecillas Sorio y Rafael Torrecillas Jiménez.-El Presidente y la Secretaria del Consejo de Administración de "Alicantina Moción, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, Rafael Torrecillas Sorio y Josefa Jiménez Marco.-56.321.

1.a 2-1-2003.

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