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Documento BORME-C-2003-115058

MAGNETI MARELLI IBÉRICA, S. A. Sociedad unipersonal

Publicado en:
«BORME» núm. 115, páginas 16134 a 16134 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-115058

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, el accionista único de la Compañía Mercantil Anónima denominada "Magneti Marelli Ibérica, S.A., Sociedad Anónima Unipersonal", al amparo de lo establecido en el artículo 311 de la Ley de Sociedades Anónimas, ha tomado, el pasado día 20 de mayo de 2003 -entre otras- las siguientes decisiones: Primero.-Reducir el capital social desde la cantidad de 30.314.440 Euros que tenía hasta ahora, a la cantidad de 27.630.866 Euros, es decir, reducir el capital social en 2.683.574 Euros, con la finalidad de compensar el resto de las pérdidas de la sociedad que quedan reducidas a cero.

Segundo.-Reducir el capital social desde la cantidad de 27.630.866 Euros que tenía hasta ahora, a la cantidad de 99.766 Euros, es decir, reducir el capital social en 27.531.100 Euros.

La citada reducción de capital se realiza con la finalidad de Restitución de aportación del socio único "Magneti Marelli, S.P.A.", la cantidad de 27.531.100 Euros.

Ambas reducciones de capital adoptadas en las decisiones del socio único anteriores, por un capital total de 30.214.674 Euros, se realiza mediante la amortización y anulación de 201.096 acciones de la Serie B, números 10.265 al 211.360, ambos inclusive, con un valor nominal de 150,25 Euros cada una, es decir, el capital social queda reducido en 30.214.674 Euros.

Hacer constar: Primero.-Que, de conformidad con lo dispuesto en el número 2 del artículo 168 de la Ley de Sociedades Anónimas, la reducción de capital para compensar pérdidas se ha realizado teniendo en cuenta el Balance de la Sociedad cerrado a fecha treinta y uno de diciembre de dos mil dos, y verificado por el Auditor de la Sociedad "Ernst & Young, S.L.", con fecha 20 de marzo de 2003.

Segundo.-Y que en cuanto a la reducción para devolución de aportaciones, la cantidad que corresponde recibir al socio único, asciende a 27.531.100 Euros se entregará, en dinero efectivo, al citado socio, en el momento que, transcurridos treinta días desde la última de las publicaciones que exige el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, ningún acreedor haya ejercitado el derecho de oposición que le concede dicho artículo, o sus créditos hayan sido adecuadamente garantizados.

Consecuentemente, modificar el artículo 5.o de los Estatutos Sociales para adecuarlo al nuevo capital social.

Madrid, 20 de mayo de 2003.-El Presidente, Luigi Michetti.-30.694.

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