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Documento BORME-C-2003-119012

CEMIG CERÁMICA, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) HUJOCANA, S. L. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 119, páginas 16563 a 16563 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-119012

TEXTO

Anuncio de fusión Las juntas generales extraordinarias de las sociedades relacionadas en el título de este anuncio, en sesiones celebradas el 27 de mayo de 2.003, aprobaron por unanimidad la fusión de dichas sociedades sobre la base de los balances de 31 de diciembre de 2.002, también aprobados por las juntas, mediante absorción por "CEMIG Cerámica, Sociedad Limitada" de "Hujocana, Sociedad Limitada" ambas inscritas en el Registro Mercantil de Castellón, de conformidad con el Proyecto de Fusión depositado en ese Registro el 13 de mayo de 2.003, depósito publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil número 97 del 27 de mayo de 2.003, el cual fue también aprobado por unanimidad por la junta.

Como consecuencia de la absorción se modifica el artículo 5 de la sociedad absorbente, de tal modo que su capital social fue ampliado hasta 1.548.750 euros.

La relación conforme a la cual, según el Proyecto de Fusión, habrán de ser canjeadas las participaciones será la de una participación de la sociedad absorbente CEMIG Cerámica, Sociedad Limitada por cada participación que se detentase de la sociedad absorbida Hujocana, Sociedad Limitada.

Las nuevas participaciones dan derecho a participar en las ganancias a partir de la fecha de efectos contables de la fusión, fijada en el 1 de enero de 2.003.

El procedimiento de canje de las participaciones se llevará a cabo mediante las pertinentes anotaciones en los correspondientes Libros Registro de Socios, siendo el canje de participaciones gratuito, sin que suponga, por tanto, desembolso alguno para los socios partícipes.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades, en el plazo de un mes y en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Onda a, 18 de junio de 2003.-Don Salvador Huerta Tomás, Presidente del Consejo de Administración de ambas sociedades fusionadas.-32.026.

2.a 26-6-2003.

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