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Documento BORME-C-2003-120013

DISTRIPLAC, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) ATRIO SYSTEM, S. L. Sociedad unipersonal GALLEGA DE DISTRIBUCIONES Y EXCLUSIVAS, S. L. Sociedad unipersonal PLACOCAS, S. L. Sociedad unipersonal MAT-PLACAS 2000, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 120, páginas 16758 a 16758 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-120013

TEXTO

Anuncio de Fusión Los respectivos socios únicos de Distriplac, Sociedad Limitada, Atrio System, Sociedad Limitada, Gallega de Distribuciones y Exclusivas, Sociedad Limitada, Placocas, Sociedad Limitada y Mat-Placas 2000, Sociedad Limitada, decidieron el 1 de junio de 2.003 la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de Atrio System, Sociedad Limitada, Gallega de Distribuciones y Exclusivas, Sociedad Limitada, Placocas, Sociedad Limitada y Mat-Placas 2000, Sociedad Limitada (sociedades absorbidas) por Distriplac, Sociedad Limitada, (sociedad absorbente) adquiriendo ésta por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen el patrimonio de las absorbidas, que quedarán disueltas y extinguidas sin liquidación.

Estando las sociedades absorbidas íntegramente participadas por la sociedad absorbente, no se realiza como consecuencia de la fusión ampliación de capital alguno, ni emisión de acciones ni modificación de los Estatutos Sociales. No se otorga ninguna ventaja a expertos independientes, administradores o accionistas. Los accionistas y trabajadores han tenido a su disposición la documentación establecida en el artículo 238 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas (T.R.L.S.A.), no existiendo obligacionistas ni titulares de derechos especiales. Las operaciones de las sociedades absorbidas se entenderán efectuadas a efectos contables por la sociedad absorbente a partir del 1 de abril de 2.003. Los accionistas y acreedores de estas sociedades tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades fusionadas podrán oponerse a la fusión en los términos del artículo 166 T.R.L.S.A, en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Cornellá de Llobgregat, 10 de junio de 2003.-El Secretario de los Consejos de Administración, D.

Gabriel Palá Castellá.-32.040. y 3.a 27-6-2003.

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