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Documento BORME-C-2003-123010

CAPITAL RIESGO GLOBAL, S.C.R., S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) CAPITAL RIESGO INTERNET, S.C.R., S. A. Sociedad unipersonal SECUOYA CAPITAL PRIVADO, S.C.R., S. A. Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 123, páginas 17120 a 17120 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-123010

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que el accionista único de Capital Riesgo Global, Sociedad de Capital-Riesgo, Sociedad Anónima, Capital Riesgo Internet, Sociedad de Capital-Riesgo, Sociedad Anónima y Secuoya Capital Privado, Sociedad de Capital-Riesgo, Sociedad Anónima ha aprobado el día 20 de junio de 2003 la fusión de las citadas sociedades mediante la absorción por Capital Riesgo Global, Sociedad de Capital-Riesgo, Sociedad Anónima, de Capital Riesgo Internet, Sociedad de Capital-Riesgo, Sociedad Anónima y Secuoya Capital Privado, Sociedad de Capital-Riesgo, Sociedad Anónima, con disolución sin liquidación y consecuente extinción de las sociedades absorbidas y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de aquéllas, aumentando su capital social en la cuantía necesaria.

La fusión ha sido aprobada conforme al proyecto de fusión redactado y suscrito conjuntamente por los Administradores de las sociedades intervinientes en la fusión que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 4 de marzo de 2003.

La validez y eficacia de la fusión ha quedado condicionada a la obtención de la pertinente autorización administrativa.

De conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades, se hace constar expresamente: Primero.-El derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión aprobados por cada una de dichas sociedades, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.

Segundo.-El derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 20 de junio de 2003.-Capital Riesgo Global, S.C.R., S. A.". La Secretaria del Consejo de Administración.-Capital Riesgo Internet, S.C.R., S. A.". La Secretaria del Consejo de Administración.-Secuoya Capital Privado, S.C.R., S. A.". La Secretaria del Consejo de Administración.-33.014.

y 3.a 2-7-2003.

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