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Se publica que los respectivos socios o accionistas únicos de las sociedades Aguas Minerales Pascual, Sociedad Limitada (Sociedad unipersonal), Aguas Ribagorza, Sociedad Anónima (Sociedad unipersonal) y Aguas Minerales Siete Valles, Sociedad Anónima (Sociedad unipersonal) han decidido con fecha 30 de junio de 2003, las dos primeras, y con fecha 26 de junio de 2003, la tercera de ellas, su fusión mediante la absorción de Aguas Ribagorza, Sociedad Anónima (Sociedad unipersonal) y Aguas Minerales Siete Valles, Sociedad Anónima (Sociedad unipersonal) por Aguas Minerales Pascual, Sociedad Limitada (Sociedad unipersonal), con la consiguiente disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y el traspaso en bloque de todo su patrimonio social a la sociedad absorbente.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los balances de fusión; así como el derecho de los acreedores conforme al artículo 243.1 de la citada Ley, a oponerse a la fusión, con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión.
Aranda de Duero, 30 de junio de 2003.-Los Consejos de Administración de las Sociedades Aguas Minerales Pascual, S.L. (U), Aguas Ribagorza, S.A. (U), y Aguas Minerales Siete Valles, S.A.
(U). Sonia Pascual Gómez-Cuetara. Secretario de los Consejos de Administración.-33.429.
y 3.a 4-7-2003.
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