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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Universales de "Ocaso, Sociedad Anónimna, Compañía de Seguros y Reaseguros" y "Ocaso Reaseguros, S.A.", celebradas los días 18 y 26 de junio de 2.003, respectivamente, aprobaron por unanimidad la fusión de ambas Sociedades mediante la absorción de "Ocaso Reaseguros, S.A." por parte de "Ocaso, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros y Reaseguros", con disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida que transmite en bloque su patrimonio a la Sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal sus derechos y obligaciones, conforme al Proyecto de Fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid, y los balances de fusión cerrados al 31 de diciembre de 2.002. La fusión tiene efectos contables desde el día 1 de enero de 2.003, no existiendo ampliación de capital de la Sociedad absorbente, por ser ésta titular de la totalidad del capital social de la Sociedad absorbida.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores para obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las Sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión en los términos previstos en el artículo 166 del mismo texto legal.
Madrid a, 4 de julio de 2003.-La Presidente del Consejo de Administración, Doña Isabel Castelo d'Ortega y Cortés.-34.431. 1.a 14-7-2003.
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