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Anuncio de Fusión De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las juntas generales universales de accionistas de Inversiones San Marcos, Sociedad Anónima, Diralta, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal), Gaympa, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal), Gruvensa, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal) y Proyvisa, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal), celebradas el día 20 de Junio de 2003, en el Puerto de Santa María (Cádiz), aprobaron el proyecto de fusión redactado y suscrito por los administradores de las cinco sociedades citadas con fecha 13 de marzo de 2003 depositado en el Registro Mercantil de Madrid, el día 2 de abril de 2003, en el Registro Mercantil de Barcelona el día 3 de abril de 2003, en el Registro Mercantil de Sevilla el día 4 de abril de 2003 y en el Registro Mercantil de Valencia el día 1 de abril de 2003 y, en consecuencia, la fusión por absorción de Diralta, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal), Gaympa, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal), Gruvensa, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal) y Proyvisa, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal), por parte de Inversiones San Marcos, Sociedad Anónima, con disolución sin liquidación de las cuatro primeras citadas y traspaso en bloque a la sociedad absorbente Inversiones San Marcos, Sociedad Anónima, a título de sucesión universal del patrimonio social de la sociedad absorbida, quedando la sociedad absorbida, en los términos del citado proyecto de fusión. De igual manera, las juntas universales aprobaron el balance de fusión cerrado a 31 de diciembre de 2002 de las cinco sociedades, estando los balances de Diralta, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal), Gaympa, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal), Gruvensa, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal) y Proyvisa Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal), verificados por los auditores de cuentas de las citadas sociedades.
La absorción se acordó sin ampliación de capital de la sociedad absorbente, al ser éste titular de la totalidad de acciones de la sociedad absorbida.
Las operaciones de las sociedades absorbidas, se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad abosorbente a partir del 1 de enero de 2003.
No existirán en la sociedad absorbente titulares de acciones de clases especiales o que tengan derechos especiales distintos de las acciones. No se atribuirá ninguna clase de ventajas en relación con los administradores de las sociedades que se fusionan.
De conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de modo expreso el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores y obligacionistas de cada una de las sociedades que participan en la fusión, de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión, en los términos que resultan de los citados preceptos y artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
El Puerto de Santa María, 20 de junio de 2003.-Inversiones San Marcos, Sociedad Anónima, El Secretario del Consejo de Administración, Francisco J. García Esteban. Gaympa, Sociedad Anónima. El Secretario del Consejo de Administración, José M. Orellana López. Gruvensa, Sociedad Anónima, El Secretario del Consejo de Administración, José M. Orellana López. Proyvisa, Sociedad Anónima, El Secretario del Consejo de Administración, José M. Orellana López. Diralta, Sociedad Anónima, El Secretario del Consejo de Administración, José M. Orellana López.-34.533.
2.a 15-7-2003.
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