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En virtud del artículo 127 LSRL, el Socio y Accionista Único de ambas compañías adoptó, con fecha día 14 de junio de 2003, la decisión de aprobar su fusión, absorbiendo "Sammic, S.L." (anteriormente Sammic XXI, S.L.), a "Sammic, S.A.", adquiriendo la absorbente, por sucesión universal, todo el patrimonio de la absorbida, que quedará disuelta sin liquidación, sin ampliación de capital en la sociedad absorbente y con efectos contables a partir del 1 de enero de 2003, todo ello de conformidad con el proyecto de fusión, cuyo depósito en el Registro Mercantil de Gipuzkoa ha quedado efectuado el 19 de junio de 2003.
Los accionistas, socios y acreedores de todas las sociedades tendrán derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, pudiendo los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan ejercer el derecho de oposición a la fusión en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 242 TRLSA.
Azpeitia, 2 de julio de 2003.-Don Íñigo Bilbao Mancisidor, Secretario no Consejero de las sociedades Sammic, S.L. (anteriormente Sammic XXI, S.L.), y Sammic, S.A.-34.778. 2.a 16-7-2003.
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