Contingut no disponible en valencià

Us trobeu en

Documento BORME-C-2003-143043

PREVISIÓN ESPAÑOLA, S. A. DE SEGUROS Y REASEGUROS (Sociedad absorbente) SUR, S. A. DE SEGUROS Y REASEGUROS (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 143, páginas 19461 a 19461 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-143043

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Ordinaria de Accionistas de Previsión Española, Sociedad Anónima, de Seguros y Reaseguros, celebrada el 30 de junio de 2003 y el Socio Único de Sur, S. A. de Seguros y Reaseguros, en virtud de una decisión del mismo adoptada el 30 de junio de 2003, acordaron aprobar la fusión por absorción de Sur, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, por parte de Previsión Española, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, con disolución sin liquidación de la primera y el traspaso en bloque a la segunda de su patrimonio social a título de sucesión universal, quedando subrogada la sociedad absorbente en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida con carácter general y sin reserva ni limitación alguna.

La fusión se ha acordado en los términos del Proyecto de Fusión redactado por los Administradores de ambas entidades, tomando como base los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2002 y verificados por los Auditores de Cuentas de ambas sociedades, y habiendo sido puesta a disposición de los socios y representantes de los trabajadores la documentación específica señalada en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de ambas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición a la fusión que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades, en los términos establecidos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, quienes podrán ejercerlo durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, y el derecho de los socios no asistentes a la Junta General Ordinaria de la sociedad absorbente a adherirse al acuerdo de fusión en el referido plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre.

Sevilla, 17 de julio de 2003.-El Secretario de las Sociedades fusionadas. Previsión Española, S. A.

de Seguros y Reaseguros (Sociedad absorbida) y Sur, S. A. de Seguros y Reaseguros (Sociedad absorbente). D. Íñigo Soto García-Junco.-36.303.

y 3.a 30-7-2003.

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid