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Documento BORME-C-2003-145015

ESTEBAN RIPOLL, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad escindida) CEFLA, S. L. Sociedad unipersonal REGALOS RIPOLL, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedades beneficiarias)

Publicado en:
«BORME» núm. 145, páginas 19658 a 19658 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-145015

TEXTO

Anuncio de escisión total De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que el socio único de Esteban Ripoll, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal (Holcinco, Sociedad Limitada), y el socio único de las sociedades Cefla, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal (Holcinco, Sociedad Limitada), y Regalos Ripoll, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal (Holcinco, Sociedad Limitada), adoptaron, con fecha 30 de junio de 2003, la decisión de escisión total de Esteban Ripoll, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, con traspaso de su total patrimonio, dividido en dos unidades económicas independientes, a cada una de las sociedades beneficiarias, las cuales recibirán la parte del patrimonio de la sociedad escindida que les corresponde, mediante el aumento de su capital y la asunción de nuevas participaciones sociales por parte del socio único de cada una de las sociedades beneficiarias. Las sociedades beneficiarias de la escisión se subrogarán en todos los derechos y obligaciones inherentes a la parte del patrimonio escindido que les corresponde. De conformidad con lo establecido en los artículos 254, 242 y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho de los acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el Balance de Escisión. Del mismo modo, se deja pública constancia del derecho de los acreedores a oponerse a la escisión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Teruel, 7 de julio de 2003.-Administradora única de Esteban Ripoll, S. L., Sociedad Unipersonal, Holcinco, S. L., P. p., Fernando Ripoll Royo; Administradora única de Cefla, S. L., Sociedad Unipersonal, Holcinco, S. L., P. p., Fernando Ripoll Royo; Administradora única de Regalos Ripoll, S. L., Sociedad Unipersonal, Holcinco, S. L., P. p., Concepción Ripoll Royo.-36.910. 2.a 1-8-2003.

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