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Documento BORME-C-2003-159015

MATALENTISCO, S. L.

Publicado en:
«BORME» núm. 159, páginas 21390 a 21390 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-159015

TEXTO

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 75.2 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se pone en conocimiento de todos los socios de la mercantil Matalentisco, S.L, que en Junta General Extraordinaria de fecha 31 de julio de 2003, se acordó aumentar el capital social mediante aportación dineraria, en la cuantía de 90.000 euros, mediante la emisión de 18.000 nuevas participaciones sociales de una nueva serie C, de 5 euros de valor nominal cada una de ellas, con los mismos derechos y obligaciones que las preexistentes de las series A y B.

Que tal y como se acordó en la referida Junta en cumplimiento de lo dispuesto en el mencionado artículo 75.2, los socios de la mercantil Matalentisco, S.L., podrán ejercer su derecho de asunción preferente dentro de los 30 días siguientes a la publicación del presente anuncio, notificando al órgano de administración en el domicilio social de la sociedad sito en la calle Iberia n.o 75-bajo, 30.880 Águilas (Murcia), acompañando el correspondiente certificado bancario del ingreso en la cuenta corriente abierta a nombre de la sociedad en el Banco Santander Central Hispano, Oficina sita en Águilas, Plaza de España, n.o 10, código de cuenta corriente 00492303942914158598, del total nominal de las participaciones a suscribir por cada socio en ejercicio de su derecho de asunción proporcional.

Los socios podrán ejercitar su derecho de asunción preferente en la siguiente proporción: Por cada participación social de la serie A, podrán suscribir 9 nuevas participaciones de la serie C; y por cada 100 participaciones sociales de la serie B, podrán suscribir 324 de la serie C.

Los socios que sean propietarios de participaciones de la serie B, podrán agrupar sus participaciones al objeto de asumir conjuntamente una o varias participaciones sociales, o en su caso ceder los derechos de asunción preferente entre los mismos si lo estiman oportuno.

Asimismo, las participaciones no suscritas por los socios dentro del plazo de suscripción antes referido, serán ofrecidas por el órgano de administración a los socios que lo hubieren ejercitado, para su asunción y desembolso durante un plazo de quince días desde la conclusión del señalado para la asunción preferente. Si existieren varios socios interesados en asumir las participaciones ofrecidas, éstas se adjudicarán en proporción a las que cada uno de ellos ya tuviere en la sociedad. Durante los quince días siguientes a la finalización del plazo anterior, el órgano de administración podrá adjudicar las participaciones no asumidas a personas extrañas a la sociedad; permitiéndose la suscripción incompleta de la ampliación de capital.

En Águilas (Murcia), 31 de julio de 2003.-D.

Juan Montiel García, D. Juan Francisco Montiel García, Dña. Carmen Montiel García Los Administradores mancomunados.-39.599.

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