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Documento BORME-C-2003-198012

CORPPENTA, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) DRAGONARIA, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 198, páginas 28049 a 28049 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-198012

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que los socios únicos de las sociedades "Corppenta, S. L.", sociedad unipersonal, y "Dragonaria, S. L.", sociedad unipersonal, ambas inscritas en el Registro Mercantil de Madrid, decidieron, mediante sendas decisiones adoptadas con fecha 30 de junio de 2003, la fusión de ambas sociedades mediante la absorción por la sociedad "Corppenta, S. L.", unipersonal, de la sociedad "Dragonaria, S. L.", unipersonal, sobre la base de los Balances de Fusión cerrados a 31 de diciembre de 2002 y del Proyecto de Fusión aprobado por los socios únicos de ambas sociedades con fecha 30 de junio de 2003, y depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 29 de julio de 2003, depósito publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil con fecha 20 de agosto de 2003. Como consecuencia de la fusión se produce la disolución, sin liquidación, de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque a favor de la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen su patrimonio social. Además, la sociedad absorbente modificará su denominación social, que pasará a ser "Dragonaria, S. L.".

Al ser la sociedad absorbente titular de todas las participaciones de la sociedad absorbida, no tiene lugar canje alguno de participaciones, ni compensación complementaria en metálico. La absorción de la sociedad absorbida se realizará mediante la dotación de la correspondiente reserva.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de Fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades, en el plazo de un mes y en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Los socios únicos de las sociedades participantes en la fusión tienen derecho a examinar en el domicilio social los documentos indicados en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas y obtener la entrega o envío gratuito del texto íntegro de los mismos.

Madrid, 15 de septiembre de 2003.-La Administradora única de las sociedades fusionadas, Mónica Ridruejo Ostrowska.-45.506.

1.a 17-10-2003.

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