Anuncio de fusión A los efectos del artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público: Que el socio único de la sociedad Euro 5 Scarab, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, y el socio único de la sociedad Euro 5 Serpentine, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, aprobaron el 24 de noviembre de 2003 la fusión de las sociedades mencionadas, mediante la absorción de Euro 5 Serpentine, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal por Euro 5 Scarab, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal.
Que la fusión se ha aprobado sobre la base de los balances cerrados el 30 de junio de 2003 por cada una de las sociedades participantes en la misma, y del proyecto de fusión formulado conjuntamente por los Consejos de Administración de cada una de dichas sociedades con fecha de 30 de septiembre de 2003.
Que el tipo de canje, una vez ajustado de conformidad con lo previsto en el artículo 247 de la Ley de Sociedades Anónimas, consiste en canjear 1,18529202274334 participaciones sociales de Scarab por 1 participación de Serpentine, o lo que es lo mismo, las 4.388.802 participaciones de Serpentine, por 5.202.012 participaciones de Scarab.
Que en virtud de la fusión por absorción de Euro 5 Serpentine, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal por Euro 5 Scarab, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, ésta ha acordado el correspondiente aumento de capital social consistente en la emisión de 5.202.012 participaciones de 1 Euro de valor nominal cada una de ellas, indivisibles, acumulables, y numeradas correlativamente de la 8.479.759 a la 13.681.770, ambas inclusive, con una prima de asunción total de Sesenta y Tres Céntimos (0,63) de euro, resultando dicho aumento en un nuevo capital social de Euro 5 Scarab, Sociedad Limitada Sociedad Unipersonal de 13.681.770 Euros. Dicho aumento de capital constituye la única modificación estatutaria derivada de la fusión y ha sido íntegramente asumido y desembolsado por el socio único de Euro 5 Serpentine, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, a quien se le ha reconocido el derecho a participar en las ganancias sociales de la sociedad absorbente a partir de la fecha de otorgamiento de la correspondiente escritura de fusión.
Que la fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de Euro 5 Scarab, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, sociedad absorbente, será el 1 de enero de 2003, inclusive.
Que la fusión no prevé el reconocimiento de derecho especial alguno ni ventaja de ninguna clase.
Asimismo se hace constar expresamente: El derecho que asiste a los socios únicos y a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los correspondientes balances de fusión.
El derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, y que podrá ejercitarse por los mismos dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
En Barcelona a 24 de noviembre de 2003.-Euro 5 Scarab, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal.
Firmado: Doña Natalia García Muñoz, Vicesecretario no consejero del Consejo de Administración.-Euro 5 Serpentine, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal: Doña Natalia García Muñoz, Vicesecretario no consejero del Consejo de Administración.-52.696. 2.a 26-11-2003.
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