Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Accionistas de "Gefraro, Sociedad Anónima" y "GYC Alimentación, Sociedad Anónima", celebradas ambas el día 18 de noviembre de 2003, aprobaron, por unanimidad, la fusión por absorción de dichas sociedades, mediante la disolución de "GYC Alimentación, Sociedad Anónima" y absorción en bloque de su patrimonio social por "Gefraro, Sociedad Anónima", con extinción de todas las acciones de la sociedad absorbida y con aprobación de sus respectivos Balances de fusión.
La sociedad absorbente "Gefraro, Sociedad Anónima" adquirirá por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio absorbido de "GYC Alimentación, Sociedad Anónima", en los términos y condiciones del Proyecto de Fusión por absorción conjunto suscrito por los Consejos de Administración de "Gefraro, Sociedad Anónima" y "GYC Alimentación, Sociedad Anónima" en fecha 21 de octubre de 2003, presentado en el Registro Mercantil de Alicante en fecha 6 de noviembre de 2003 y practicado su depósito por nota al margen en fecha 10 de noviembre de 2003.
A tal efecto se informa que la fusión se ha realizado tomando como Balances de fusión los cerrados a 31 de agosto de 2003 para cada sociedad, y teniendo la fusión efectos contables desde el día 1 de enero de 2003.
La sociedad absorbente y absorbida son sociedades con idénticos accionistas e idéntica participación de los mismos en el capital social, por tanto no se produce canje de acciones, ni aumento de capital social, ni es necesaria la elaboración de informes por los expertos independientes sobre el proyecto de fusión. No existen clases de acciones, ni derechos especiales distintos de las acciones en la sociedad absorbente o en la absorbida, ni se atribuyen ventajas a favor de los administradores de una u otra sociedad.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de "Gefraro, Sociedad Anónima" y "GYC Alimentación, Sociedad Anónima" de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión de cada una de las mercantiles fusionadas, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de cada una de las compañías.
Los acreedores de ambas sociedades pueden oponerse a la fusión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Asimismo, se hace constar que se puso a disposición de los representantes de los trabajadores de cada una de las sociedades fusionadas todos los documentos e información a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Formentera de Segura (Alicante), 18 de noviembre de 2003.-El Presidente y Consejero-Delegado del Consejo de Administración de "Gefraro, Sociedad Anónima" y de "GYC Alimentación, Sociedad Anónima", Antonio Gimeno Díaz.-52.742.
2.a 26-11-2003.
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