Contido non dispoñible en galego
El 30 de septiembre de 2003, la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Inmosagunto, Sociedad Anónima (antes denominada Espumas Ibéricas, Sociedad Anónima) acordó, por unanimidad, llevar a cabo una escisión parcial de la sociedad mediante la segregación de una parte de su patrimonio (la unidad económica consistente en la fabricación, comercialización, importación y exportación de espumas fenólicas para su utilización en el sector de la jardinería y floristería en general) a favor de una sociedad de nueva creación que se denominará Smithers Oasis Ibérica, Sociedad Limitada que adquirirá por sucesión todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos del proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Los accionistas y acreedores de la sociedad tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado así como del Balance de escisión.
Dichos acreedores podrán oponerse a la en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid a 30 de octubre de 2003.-José Manuel Pérez-Manglano Berenguer, Secretario del Consejo de Administración de Inmosagunto, Sociedad Anónima.-52.426. y 3.a 26-11-2003.
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