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Anuncio de fusión De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que el socio único, tanto de la Sociedad absorbente como de la Sociedad absorbida, ha acordado esta fusión por absorción con fecha 21 de noviembre de 2003. La Sociedad absorbida se extingue y disuelve sin liquidación transmitiendo en bloque su patrimonio social a la Sociedad absorbente, que lo adquiere por sucesión universal, y en consecuencia, se subroga en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, sin limitación alguna. Todo ello de conformidad con el Proyecto Único de Fusión depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y de Barcelona. Las operaciones que se realicen por la Sociedad absorbida y la Sociedad absorbente se considerarán realizadas por la Sociedad absorbente, a efectos contables, desde el día 1 de enero de 2003. Los respectivos Balances de Fusión aprobados son los Balances cerrados a 31 de agosto de 2003.
Con la finalidad de atender al canje, la Sociedad absorbente ha aprobado la ampliación de capital por un importe nominal de 271.456,76 euros mediante la creación de 4.516 nuevas participaciones ordinarias de 60,11 euros de valor nominal cada una. El capital social de la Sociedad absorbente queda establecido en 331.557,97 euros.
Como consecuencia de la fusión, procede la modificación de los Estatutos Sociales de la Sociedad absorbente por cambio de denominación, adoptando la de la sociedad absorbida; por ampliación del objeto social, de modo que incluya todas las actividades previstas en el objeto social de la Sociedad absorbida; por modificación del modo de organización de la administración de la sociedad; y por modificación del método de determinación del valor real de las participaciones en caso de transmisión de las mismas.
Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas por el socio único de las Sociedades y de los Balances de fusión de las mismas, las cuales se encuentran a su disposición en los domicilios sociales de la Sociedad absorbente y de la Sociedad absorbida respectivamente. Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de ambas Sociedades a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio del acuerdo de fusión de conformidad con lo establecido en el artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas.
En Madrid, a 21 de noviembre de 2003.-Peter Schneider, Administrador Solidario de Unigraphics Solutions España, S.L., Sociedad Unipersonal y Presidente del Consejo de Administración de SDRC España, S.L.-52.512. y 3.a 26-11-2003.
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