Contido non dispoñible en galego

Está Vd. en

Documento BORME-C-2003-32017

COROPUNA, S. L. (Sociedad absorbente) ASTORIA WORDLWIDE INVESTMENTS, INC. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 32, páginas 3950 a 3950 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-32017

TEXTO

Se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de socios de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 10 de febrero 2003, aprobaron, todas ellas por unanimidad, la fusión por absorción de "Coropuna, Sociedad Limitada" como sociedad absorbente, y "Astoria Worlwide Investments, Inc.", como sociedad absorbida, así como la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida conforme a la legislación a la misma aplicable, transmitiendo a título de sucesión universal la totalidad de su patrimonio a la absorbente, la cual se subroga en todos los bienes, derechos y obligaciones de toda clase de la absorbida. La fusión se realiza al amparo del artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Se ha considerado como balance de fusión el de ambas compañías a la fecha de 31 de diciembre de 2002, debidamente aprobado en la propia Junta.

A efectos contables la fusión surtirá efectos a partir de 1 de enero de 2003, a partir de cuyo momento las operaciones realizadas por la sociedad absorbida se entenderán realizadas en beneficio de la sociedad absorbente. Dicho acuerdo de fusión de ambas sociedades concuerda exactamente con el proyecto de fusión suscrito por los respectivos órganos de administración de las compañías participantes.

Dado que no existen titulares de acciones de clases especiales, ni titulares de derechos especiales distintos de las acciones en la sociedad absorbida, no se otorga ningún derecho especial ni opción alguna de los mencionados en el párrafo e) del artículo 235 de la Ley de Sociedades Anónimas, ni ventajas a favor de administradores de las sociedades participantes ni de expertos independientes.

Lo cual se pone en conocimiento de los socios y acreedores de las sociedades participantes, con advertencia a los de la sociedad absorbente del derecho que les asiste a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los acreedores de las sociedades participantes pueden oponerse a la fusión en los términos establecidos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Barcelona, 10 de febrero de 2003.-Los Administradores solidarios de "Coropuna, Sociedad Limitada", José Palau Francás y Mercedes Mallol Anglada, y el Consejero único y Presidente de "Astoria Worldwide Investments, Inc.", Javier Otaduy Maidagan.-4.858. 1.a 17-2-2003.

subir

Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid