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Documento BORME-C-2003-34034

GARATO INVERSIONES, SOCIEDAD DE INVERSIÓN MOBILIARIA DE CAPITAL VARIABLE, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 34, páginas 4225 a 4226 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-34034

TEXTO

Reducción de capital social De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 165 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general extraordinaria de accionistas de la referida sociedad, en su reunión celebrada el día 10 de febrero de 2003, con el fin de dotar a la sociedad de mayor liquidez, acordó, pero sometido a la conclusión suspensiva a la que más adelante se hace referencia, por unanimidad, modificar las cifras del capital social inicial y del capital estatutario máximo, que al día de la fecha eran, respectivamente, 2.704.560 y 27.045.600 euros, quedando en lo sucesivo fijadas de la siguiente forma: El capital social inicial queda fijado en dos millones cuatrocientos cuatro mil cincuenta (2.404.050) euros, representado por cuatrocientas mil seiscientas setenta y cinco (400.675) acciones nominativas, de seis (6) euros de valor nominal cada una, y está íntegramente suscrito y desembolsado.

El capital estatutario máximo se establece en veinticuatro millones cuarenta mil quinientos (24.040.500) euros, representado por cuatro millones seis mil setecientas cincuenta (4.006.750) acciones nominativas de seis (6) euros de valor nominal cada una.

Se concluye y se hace constar que el capital en circulación se mantiene en la cifra actualmente vigente, es decir, dos millones setecientos seis mil novecientos sesenta (2.706.960) euros.

El presente acuerdo no supone ni tiene por finalidad ni la devolución de aportaciones, ni la condonación de dividendos pasivos, ni la constitución de reservas ni el restablecimiento del equilibrio entre el capital y el patrimonio de la sociedad; por lo tanto, aunque el presente acuerdo no supone reducción alguna del capital social, al menos en sentido técnico jurídico.

Como consecuencia del anterior acuerdo adoptado por la Junta, ésta, nuevamente, por unanimidad, acordó modificar el artículo 5 de los Estatutos Sociales quedando, en lo sucesivo, con la redacción literal siguiente: "Artículo 5. Capital social: 1. El capital social inicial queda fijado en dos millones cuatrocientos cuatro mil cincuenta (2.404.050) euros, representado por cuatrocientas mil seiscientas setenta y cinco (400.675) acciones nominativas, de seis (6) euros de valor nominal cada una, pertenecientes a una única clase y serie y numeradas correlativamente de la 1 a la 400.675.

Las acciones están íntegramente suscritas y desembolsadas en su totalidad.

2. El capital estatutario máximo se estable en veinticuatro millones cuarenta mil quinientos (24.040.500) euros, representado por cuatro millones seis mil setecientas cincuenta (4.006.750) acciones nominativas de seis (6) euros de valor nominal cada una, pertenecientes a una única clase y serie y numeradas correlativamente de la 1 a la 4.006.750, ambas inclusive.

3. La sociedad cumplirá cuantos requisitos le sean exigidos para la admisión y permanencia en la cotización oficial de sus acciones.

4. Dentro de los límites del capital estatutario máximo y del inicial establecidos, la sociedad podrá aumentar o disminuir el capital correspondiente a las acciones en circulación mediante la venta o adquisición de las mismas, en los términos establecidos legalmente, sin necesidad de acuerdo de la Junta general." Finalmente, tal y como ya quedó anunciado anteriormente, la Junta también, por unanimidad, acordó que la eficacia del acuerdo adoptado quedó supeditada a la obtención de la correspondiente autorización que debe otorgar la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Por lo tanto, una vez se obtenga la correspondiente autorización y, en consecuencia, cumplida la condición, los precedentes acuerdos adoptados surtirán plena eficacia. A tal fin se fija como plazo para la ejecución de los precedentes acuerdos el de tres meses a computar desde la fecha de notificación de la aprobación por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de la modificación estatutaria.

Madrid, 10 de febrero de 2003.-El órgano de Administración, Isabel de Juan González de Castejón, Secretaria no Consejera.-5.301.

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