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Documento BORME-C-2003-35010

COMPAÑÍA EUROPEA DE ARRENDAMIENTOS URBANOS, S. L. (Sociedad parcialmente escindida) COMPAÑÍA EUROPEA DE ARRENDAMIENTOS URBANOS RIVAS, S. L. (Sociedad beneficiaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 35, páginas 4314 a 4314 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-35010

TEXTO

Anuncio de escisión parcial De conformidad con los artículos 242 y 245 de la Ley de Sociedades Anónimas y 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de la entidad "Compañía Europea de Arrendamientos Urbanos, Sociedad Limitada" (sociedad parcialmente escindida), acordó con fecha 28 de enero de 2003, la escisión parcial de su rama de actividad consistente en la explotación de la parcela 27.1 de la manzana 27 del PAU, Ámbito 3 "Canteras", traspasando en bloque a una sociedad de responsabilidad limitada de nueva creación (sociedad beneficiaria), que se denominará "Compañía Europea de Arrendamientos Urbanos Rivas, Sociedad Limitada", los activos y pasivos vinculados a la citada actividad; todo ello en los términos del proyecto de escisión parcial depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 23 de enero de 2003 y según el Balance de escisión de 30 de septiembre de 2002.

A tal efecto, se acordó reducir el capital social de "Compañía Europea de Arrendamientos Urbanos, Sociedad Limitada", en la cantidad de 1.839.875 euros, quedando el mismo establecido en la cantidad de 1.245.375 euros, mediante la reducción del valor nominal de cada participación en la cuantía de 3,59 euros, por lo que su valor queda fijado en 3,43 euros.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242, 243 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas y 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace constar el derecho que asiste a los socios así como a los acreedores, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión parcial.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la operación durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de escisión parcial, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 29 de enero de 2003.-La Secretaria del Consejo de Administración de "Compañía Europea de Arrendamientos Urbanos, Sociedad Limitada", Pilar Calabia Yagüe.-5.555. y 3.a 20-2-2003.

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