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Documento BORME-C-2003-58040

LA PRIORA, S. L. (Sociedad absorbente) DEHESAS BLANCAS, S. L. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 58, páginas 7368 a 7368 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-58040

TEXTO

Acuerdo de fusión por absorción En sendas Juntas Generales Extraordinarias de las citadas sociedades, celebradas, con el carácter de universal, el día 22 de febrero de 2003, se acordó, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por "La Priora, S. L.", de "Dehesas Blancas, S. L.", mediante la disolución sin liquidación de esta última, en las condiciones del proyecto de fusión suscrito por todos sus administradores, el día 11 de diciembre de 2.002, y depositado en el Registro Mercantil de la Provincia de Huelva. Como consecuencia de la fusión acordada, la sociedad absorbente acordó en dicha Junta, por unanimidad, ampliar su capital social en la cuantía de 276.700,40 euros, mediante la creación de 4.604 participaciones sociales, de 60,10 euros cada una, para entregar, en canje, a los socios de la sociedad absorbida.

Se hace constar el derecho que asiste a sus accionistas y acreedores a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de sus acreedores a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Por último, se hace constar el derecho que tienen los socios y, si los hubiera, los titulares de derechos especiales distintos de las participaciones, los representantes de los trabajadores o, en su caso, los propios trabajadores, de las sociedades intervinientes en la fusión, a examinar en el domicilio social los documentos a los que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación con el artículo 94.2 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Huelva, 24 de febrero de 2003.-El Secretario, no Consejero, del Consejo de Administración de ambas sociedades.-9.841. y 3.a 26-3-2003.

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