Escisión total A los efectos de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se anuncia que la Junta General de Socios de Transportes Lesaca, S. L., celebrada el día 13 de Marzo de 2003, adoptó por unanimidad el acuerdo de escisión total de la Sociedad, que quedará disuelta sin liquidación, mediante la segregación de todo su patrimonio en dos sociedades, Transportes Lesaca, S. L., y Lesaca Inmuebles, S. L., una de las cuales (Lesaca Inmuebles, S. L.) recibe los inmuebles y la otra (Transportes Lesaca, S. L.) la actividad. El valor neto patrimonial de Transportes Lesaca, S. L., sociedad beneficiaria, asciende a un millón cuatrocientos veinte mil seiscientos un euros con veintisiete céntimos de euro (1.420.601,27), y el de Lesaca Inmuebles, S. L., a quinientos cincuenta y cuatro mil ochocientos noventa y cinco euros con cincuenta y ocho céntimos de euro (554.895,58), todo ello en los términos y condiciones recogidos en el proyecto de escisión de fecha 2 de diciembre de 2002, redactado y suscrito por los administradores de Transportes Lesaca, S. L., y depositado en el Registro Mercantil de Navarra, así como en el informe de los Administradores.
Se hace constar expresamente, de conformidad con los artículos 242 y 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de Transportes Lesaca, S. L., de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión. Los acreedores podrán, asimismo, oponerse a la escisión en el plazo y términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Berrioplano, 18 de marzo de 2003.-El Secretario No Consejero del Consejo de Administración, Fernando Armendariz Carrascón.-10.457.
2.a 28-3-2003.
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