Está Vd. en

Documento BORME-C-2003-69027

DORMILÓN DESCANSO CANARIAS, SOCIEDAD ANÓNIMA Unipersonal (Sociedad absorbente) COMERCIAL DORMILÓN CANARIAS, SOCIEDAD LIMITADA Unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 69, páginas 8948 a 8948 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-69027

TEXTO

Anuncio de fusión Se hace público que la Junta General de Accionistas de Dormilón Descanso Canarias, Sociedad Anónima, y la Junta General de Socios de Comercial Dormilón Canarias, Sociedad Limitada, celebradas ambas el día 15 de Marzo de 2003, aprobaron por unanimidad la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por Dormilón Descanso Canarias, Sociedad Anónima de Comercial Dormilón Canarias, Sociedad Limitada, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, por ser ésta titular del cien por cien del capital de la sociedad absorbida, todo ello en los términos y condiciones del Proyecto de Fusión suscrito por los Administradores de las sociedades que intervienen en la misma y depositado en Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife con fecha 19 de Febrero de 2003.

No existen, ni en la sociedad absorbente ni en la absorbida, titulares de derechos especiales distintos de los que concede la cualidad de socio. No se reconocen ventajas de ninguna clase a los Administradores participantes en la fusión. La totalidad de las operaciones realizadas en relación con Comercial Dormilón Canarias, Sociedad Limitada se considerarán realizadas a efectos contables por la sociedad Dormilón Descanso Canarias, Sociedad Anónima a partir del 1 de Enero de 2003.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a dicha fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Santa Cruz de Tenerife, 16 de marzo de 2003.-Don Pedro José Mejías Villatoro, Secretario del Consejo de Administración de Dormilón Descanso Canarias, Sociedad Anónima, Don Ángel Cristóbal Luque, Administrador Solidario de Comercial Dormilón Canarias, Sociedad Limitada.-12.898. 2.a 10-4-2003.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid