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Documento BORME-C-2003-73021

ASTICA ZABALA, S. L. (Sociedad absorbente) PROMOCIONES ASTIZÁBAL, S. L. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 73, páginas 9533 a 9533 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-73021

TEXTO

Anuncio de fusión Las Juntas Generales Universales Extraordinarias de las sociedades relacionadas en el título de este anuncio, en sesiones celebradas el 24 de Marzo de 2003, aprobaron, por unanimidad, su fusión sobre la base de los balances de 30 de Noviembre de 2002, también aprobados por las juntas, mediante absorción de Promociones Astizábal, S.L. por Astica Zabala, S.L., todas ellas inscritas en el Registro Mercantil de Arrecife de Lanzarote, de conformidad con el Proyecto de Fusión depositado en ese registro el día 6 de Marzo de 2003, depósito publicado en el BORME número 54, de 20 de Marzo de 2003, el cual fue también aprobado por unanimidad de las Juntas. Como consecuencia de la absorción se modifica el artículo 5 de los Estatutos Sociales de la sociedad absorbente, siendo su capital ampliado hasta 4.074 euros.

La relación de canje es de 1 participación de la sociedad absorbente por cada 6 entregadas de la absorbida. Las nuevas participaciones sociales dan derecho a participar en las ganancias, a partir de la fecha de efectos contables de la fusión, 1 de Enero de 2003.

Los titulares de participaciones de la sociedad absorbida habrán de presentar, a efectos de su canje por participaciones de la sociedad absorbente, los títulos o documentos que acrediten de manera suficiente dicha titularidad en el domicilio social de la absorbente y dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquél en que, inscrita la fusión, los señores socios de la sociedad absorbida reciban noticias de tal inscripción, mediante carta certificada cursada por la sociedad absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades, en el plazo de un mes y en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Arrecife de Lanzarote, 25 de marzo de 2003.-Los Administradores de las sociedades fusionadas, Alejandro de Astica Hernández y Nieves África Zabala Fernández.-12.979. y 3.a 16-4-2003.

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