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Documento BORME-C-2003-83013

ÁRIDOS Y PREMEZCLADOS, S. A. U. (Sociedad absorbente) INDUSTRIAS CALIZAS ÁLVAREZ, S. A. U. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 83, páginas 10918 a 10919 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-83013

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que los socios únicos de Áridos y Premezclados, Sociead Anónima Unipersonal e Industrias Calizas Álvarez, Sociedad Anónima Unipersonal, han decidido en las Juntas Generales Ordinarias y Universales celebradas el día 28 de abril de 2.003, la fusión de ambas sociedades mediante la absorción por la primera de la segunda, así como la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida conforme a la legislación a la misma aplicable, transmitiendo a título de sucesión universal la totalidad de su patri monio a la absorbente, la cual se subroga en todos los derechos y obligaciones de la absorbida.

La fusión se realiza al amparo del artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Se ha considerado como balance de fusión el de ambas compañías a fecha 31 de diciembre de 2.002, debidamente aprobado por el socio único en cada una de las respectivas Juntas.

A efectos contables, la fusión surtirá efecto el 1 de enero de 2.003, a partir de cuyo momento las operaciones realizadas por la sociedad absorbida se entenderán realizadas en beneficio de la absorbente. Siendo Áridos y Premezclados, Sociedad Anónima Unipersonal, titular de todas las acciones representativas del capital social de Industrias Calizas Álvarez, Sociedad Anónima Unipersonal, no ha lugar al canje de las acciones ni al aumento de capital de la sociedad absorbente.

Dicho acuerdo de fusión de ambas sociedades concuerda exactamente con el proyecto de fusión suscrito por los administradores de las compañías participantes, formulado el 24 de marzo de 2.003 y depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y Sevilla, respectivamente.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios, acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas así como el derecho de los acreedores de oponerse a la fusión en los términos previstos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 29 de abril de 2003.-El Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Áridos y Premezclados, S.A.U, Vicente Izenga Martínez-Daban, y el Administrador Único de Industrias Calizas Álvarez, S.A.U., Federico Bernabeu Mora.-17.180. 1.a 6-5-2003.

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